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  • Batalla legal: el juez que frenó la reforma laboral perdió la causa y el Gobierno se anotó un punto

    La Paz » Politica con vos

    Fecha: 11/04/2026 13:35

    Un juez federal planteó que el juzgado del Trabajo se aparte en la causa en la que trabó una medida cautelar frenando 83 artículos de la reforma laboral. El Gobierno presentó un pedido de inhibitoria para sacar del fuero del Trabajo la discusión sobre la reforma laboral y que esta sea tratada por los juzgados en lo Contencioso Administrativo Federal, que tiene una visión completamente distinta. Este viernes, la jueza federal Macarena Marra Giménez resolvió un conflicto de competencia entre la Justicia Nacional del Trabajo y el fuero Contencioso Administrativo Federal, tras la presentación realizada por la CGT. El fallo determinó que debe ser la justicia federal la que trate la acción, desplazando a los tribunales laborales nacionales de la Ciudad. De esta manera, el Gobierno se anota un punto: el caso se resolverá en un fuero menos hostil. En concreto, el fallo determinó que el juez Raúl Horacio Ojeda, del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 y que días atrás resolvió suspender de manera provisoria 83 artículos, debe apartarse de la causa. Daniel Pérez considera que esto «es un gran logro que se consiguió en la Justicia a favor de la reforma laboral, ya que la jueza en lo Contencioso Administrativo trataría tanto la medida cautelar que tiene frenada la norma, como la cuestión de fondo sobre su validez». Lo cierto es que, si la Justicia laboral se niega a pasar la causa al fuero Contencioso Federal, se planteará lo que se llama «escándalo jurídico», que es cuando se traba un conflicto de competencia positiva y debe definir la Corte Suprema de Justicia. En otra causa contra la reforma laboral, definida por un juez laboral contra el capítulo de traspaso de la Justicia del Trabajo a la órbita de la ciudad de Buenos Aires, los tribunales Contencioso Administrativos trabaron una inhibitoria que fue rechazada, por lo que el «escándalo jurídico» ya estaba planteado. Cómo se traba el conflicto de competencia El fallo emitido por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 12, respecto al conflicto de competencia entre el fuero laboral y el contencioso administrativo federal dice lo siguiente: El Estado Nacional (Ministerio de Capital Humano) presentó una cuestión de competencia por vía inhibitoria contra la CGT. El objetivo del Estado era que la justicia del fuero Contencioso Administrativo Federal asumiera la causa que la CGT había iniciado originalmente ante el Juzgado Nacional del Trabajo 63, que frenó la aplicación de 83 artículos de la reforma laboral con una medida cautelar. La demanda original de la CGT buscaba la declaración de inconstitucionalidad de numerosos artículos de la Ley de Modernización Laboral, alegando que vulneraban derechos constitucionales como la protección del trabajo, la libertad sindical y la tutela judicial efectiva. Cuáles fueron los argumentos del Gobierno Competencia exclusiva: el Estado argumentó que el artículo 79 de la reforma otorga competencia exclusiva y excluyente al fuero Contencioso Administrativo Federal cuando el Estado Nacional es parte o tercero interesado, prohibiendo expresamente la intervención de la Justicia Nacional del Trabajo en estos casos. Naturaleza de la acción: sostuvo que el caso es de derecho público y no una controversia laboral específica entre empleado y empleador, ya que se cuestiona la validez de una ley nacional mediante una acción declarativa contra el Estado. Prerrogativa del fuero federal: Indicó que, según el artículo 116 de la Constitución Nacional, el Estado tiene la prerrogativa de ser juzgado en el fuero federal, y que la justicia nacional ordinaria (como el fuero laboral de CABA) no debe juzgar las políticas públicas del Estado Nacional. Qué dijo el juzgado federal La jueza Macarena Marra Giménez basó su decisión en los siguientes puntos: Normativa vigente: citó las leyes 48, 1893 y 13.998, que establecen que los jueces federales deben conocer en las causas donde la Nación sea parte. Modificación por la Ley de Modernización Laboral: validó que el artículo 79 de la Ley 27.802 sustituyó el régimen de competencia previo, ordenando que si el Poder Ejecutivo o el Legislativo son parte, la competencia corresponde al fuero Contencioso Administrativo Federal. Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia: Recordó precedentes de la Corte Suprema (como «Rizzo» y «Levinas») que establecen que los tribunales nacionales de la Capital Federal tienen un carácter transitorio y no pueden equipararse a los tribunales federales para dirimir estas cuestiones, evitando así que un tribunal local juzgue al Estado Federal. Preponderancia del derecho administrativo: Concluyó que, dado que se impugna una ley y se demanda directamente al Estado nacional, la pretensión está regida principalmente por principios de derecho público administrativo. Sobre esta base, la jueza resolvió hacer lugar a la inhibitoria planteada por el Estado Nacional, declarar la competencia del Fuero Contencioso Administrativo Federal para entender en la causa iniciada por la CGT y oficiar al Juzgado Nacional del Trabajo 63 para que se abstenga de intervenir y remita la causa, o en su defecto, eleve el caso a la Cámara para dirimir la contienda de competencia.

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