Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • El Congreso recorta la Ley de Glaciares para abrirle la puerta a las mineras : ADN21

    Parana » Adn21

    Fecha: 09/04/2026 13:31

    Por la Redacción de ADN21 Tras una maratónica sesión y en medio de fuertes cruces, el oficialismo logró sancionar el nuevo esquema que redefine la protección de las reservas de agua. La norma empodera a las provincias para habilitar proyectos productivos y cambia las prohibiciones generales por evaluaciones ambientales caso por caso. El fin de la protección automática Con 137 votos afirmativos, 111 negativos y tres abstenciones, la Cámara de Diputados sancionó la esperada modificación de la ley 26.639. Tras casi doce horas de debate ininterrumpido que se extendió hasta la madrugada y con la presencia de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, supervisando desde los palcos, el oficialismo logró abrochar una victoria clave que actúa como un engranaje complementario para el Régimen de Incentivos de Grandes Inversiones (RIGI). El corazón de la reforma radica en un cambio de paradigma estructural: la protección de los hielos ya no será absoluta ni preventiva. A partir de ahora, el resguardo estricto se limitará únicamente a aquellos glaciares y zonas periglaciares que cumplan una función hídrica comprobada o relevante. Esta redefinición, abiertamente celebrada por las corporaciones mineras y repudiada por sectores científicos y organizaciones ambientales, le transfiere un poder inédito a las provincias. Serán las administraciones locales las encargadas de definir qué áreas se preservan y cuáles quedan habilitadas para la explotación comercial mediante estudios de impacto ambiental, fragmentando así los estándares de protección que antes regían a nivel nacional. Puntos Claves: Lo que cambia en la cordillera - Protección condicional: El paraguas legal deja de ser amplio. Solo mantendrán su estatus de intocables aquellos glaciares y Glaciares de Escombros (GdE) en los que se demuestre una función hídrica específica. Si se determina que no la cumplen, perderán la protección de esta ley. - Poder de decisión a las provincias: El nuevo texto fortalece el federalismo ambiental, dándole a los distritos con interés minero (como San Juan, Mendoza y Catamarca) la potestad de establecer sus propios criterios de preservación y habilitación de zonas. - El IANIGLA pierde su capacidad de veto: El Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales pasa a tener una función principalmente de registro. Su Inventario Nacional seguirá siendo de consulta obligatoria, pero ya no será vinculante para frenar los permisos provinciales. - De la prohibición a la evaluación: Se elimina el esquema que bloqueaba por defecto cualquier actividad en zonas periglaciares. En su lugar, se instaura un modelo donde la habilitación dependerá de aprobar Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA) caso por caso. - Votación polarizada: Mientras los legisladores de provincias cordilleranas defendieron el proyecto asegurando que traccionará trabajo digno y desarrollo sustentable, referentes de distintos bloques opositores como Miguel Ángel Pichetto y Martín Lousteau votaron en contra, advirtiendo sobre el daño irreversible a las reservas estratégicas de agua dulce que abastecen a millones de argentinos.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por