07/04/2026 20:40
07/04/2026 20:40
07/04/2026 20:40
07/04/2026 20:39
07/04/2026 20:38
07/04/2026 20:36
07/04/2026 20:36
07/04/2026 20:32
07/04/2026 20:32
07/04/2026 20:32
» La Nacion
Fecha: 07/04/2026 19:00
Revés judicial para Chiqui Tapia: rechazaron su pedido para cerrar la causa de evasión por inexistencia de delito Lo decidió la Cámara en lo Penal Económico; el presidente de la AFA y el tesorero Toviggino apelaron el procesamiento; ofrecieron pagar una reparación para archivar el asunto - 5 minutos de lectura' La Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó el rechazo del pedido del presidente de la Asociación del Fútbol Argentina (AFA), Claudio Chiqui Tapia, para cerrar por inexistencia de delito la causa por apropiación de aportes previsionales por la que está procesado. El fallo de la Sala A del tribunal, firmado por los jueces Roberto Hornos y Carolina Robiglio, alcanza además a la AFA como entidad, a Cristian Ariel Malaspina, Pablo Ariel Toviggino, Víctor Blanco Rodríguez y Gustavo Roberto Lorenzo. Todos ellos, junto con Tapia, ya habían sido procesados el pasado 30 de marzo de 2026 por el juez Diego Amarante. A raíz de esta decisión, ahora Tapia apeló el fallo de Amarante en busca de revertir el procesamiento. Y Toviggino, en una estrategia diferenciada, recusó a Amarante, pidió apartarlo del caso y dijo estar dispuesto a pagar para hacer una reparación integral y archivar el expediente. La causa se originó a partir de una denuncia de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que detectó que los responsables de la AFA habrían retenido tributos y contribuciones patronales a sus dependientes sin depositarlos. El Estado les reclama faltantes mensuales que alcanzaron picos de $1.433.826.587 en noviembre de 2024 y hasta $1.727.907.714 en febrero de 2025. Respecto a los recursos de la seguridad social, la situación es similar: a julio de 2025 habría una retención no ingresada al fisco de $2.063.307.647. El total del incumplimiento reclamado es de 19.000 millones de pesos. Para intentar frenar el avance judicial, la defensa de Tapia y de la AFA había presentado una excepción de falta de acción por inexistencia de delito. El argumento central de los abogados se basaba en que una resolución del Ministerio de Economía había suspendido el inicio de juicios de ejecución fiscal y embargos contra entidades sin fines de lucro, como la AFA. La defensa sostuvo que, al estar suspendidas las ejecuciones fiscales, ARCA no podía exigir judicialmente el cumplimiento de estas deudas. Sin embargo, los jueces Hornos y Robiglio desestimaron el planteo. Dijeron que no es ostensiblemente evidente que no haya delito y que en todo caso debe resolverse en el juicio. La Cámara explicó que los delitos de apropiación indebida de tributos y aportes son de carácter instantáneo y se consuman en el momento exacto en que vence el plazo de 30 días sin que el dinero retenido sea depositado. Los jueces aclararon un concepto que desmoronó la estrategia de la AFA: una cosa es suspender los juicios para cobrar deudas y otra modificar los vencimientos de los impuestos. El fallo señala que la resolución del Ministerio de Economía solo limitó las facultades de la administración tributaria para ejercer acciones tendientes al cobro, pero no dispuso la cancelación, la dispensa o la postergación del cumplimiento de obligaciones. De hecho, la propia ARCA informó al juzgado que las fechas del calendario fiscal para esas obligaciones jamás sufrieron modificación alguna. Por lo tanto, la Cámara concluyó que no existe una evidencia manifiesta de que el delito no haya ocurrido, lo que obliga a que el caso siga siendo investigado y debatido en el expediente principal. Como revés adicional, el tribunal le impuso las costas procesales del incidente a la defensa de Tapia. Ahora la Cámara analizará la apelación de los procesamientos de Tapia y de Toviggino. Si se confirman, el camino siguiente es la elevación a juicio oral del caso. Como consecuencia de este procesamiento, la Justicia dispuso un embargo sobre los bienes de la AFA y sus principales dirigentes por 1700 millones de pesos. A Tapia y Toviggino se le trabó un embargo por 350 millones de pesos cada uno. La defensa de Toviggino recusó al juez Amarante y buscó una estrategia de la reparación de los daños frente al fisco para cerrar el caso. A pesar de estar procesado sin prisión preventiva, embargado y de mantener una prohibición vigente para salir del país (medida que ya fue ratificada por la Cámara), Tapia logró obtener permisos excepcionales para viajar al exterior. El juez Amarante autorizó al presidente de la AFA a realizar tres viajes oficiales: a Luque (Paraguay), entre el 8 y 9 de abril para reuniones de la Conmebol; a Quito (Ecuador), del 23 al 26 de abril para el Congreso Ordinario de esa confederación; y a Vancouver (Canadá), entre el 29 de abril y el 1° de mayo, invitado por la FIFA para participar de su 76° Congreso. No obstante, el juzgado dijo que la autorización se limita exclusivamente a esas fechas y destinos. El juez advirtió que cualquier modificación, desvío o apartamiento del itinerario será considerado una violación directa a los compromisos de sujeción al proceso, lo que derivaría en la revocación del beneficio y en la ejecución del dinero que Tapia debió depositar como caución.
Ver noticia original