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Gualeguaychu » El Argentino
Fecha: 07/04/2026 11:38
Desde la Dirección de Tránsito se informó que los monopatines eléctricos y dispositivos de movilidad personal pueden circular exclusivamente por los mismos espacios habilitados para bicicletas: bicisendas, ciclovías y ciclocarriles. Según consta en la ordenanza, la Autoridad de Aplicación podrá establecer restricciones puntuales según el ordenamiento y la seguridad del tránsito. Queda expresamente prohibida su circulación por veredas o espacios destinados de manera exclusiva al tránsito peatonal. Además se establece que la velocidad máxima autorizada es de 30 km/h y como requisitos para conducir estos vehículos, los usuarios deberán cumplir obligatoriamente con las siguientes condiciones: - Ser mayores de 16 años. - Utilizar casco protector homologado. - Contar con seguro de responsabilidad civil vigente. - Circular con un único ocupante por vehículo. Condiciones de los vehículos: los dispositivos deberán estar en óptimas condiciones técnicas y contar con: - Sistema de frenos en correcto funcionamiento. - Luz delantera blanca y luz trasera roja. - Elementos reflectivos que garanticen su visibilidad nocturna y diurna. - Bocina o timbre de advertencia audible.
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