31/03/2026 11:54
31/03/2026 11:54
31/03/2026 11:54
31/03/2026 11:53
31/03/2026 11:53
31/03/2026 11:53
31/03/2026 11:53
31/03/2026 11:53
31/03/2026 11:53
31/03/2026 11:53
Parana » AnalisisDigital
Fecha: 31/03/2026 10:17
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) resolvió hacer lugar a una acción de amparo y ordenó la reincorporación de una trabajadora del Consejo General de Educación (CGE) que había sido desvinculada de la administración pública tras comunicar su estado de embarazo. La decisión revoca una sentencia de primera instancia que había rechazado la presentación judicial. El amparo fue promovido por el estudio jurídico Fenés en representación de Florencia J. Fabre, empleada estatal afiliada a la Asociación Trabajadores del Estado (ATE). Según surge del fallo, la mujer fue desvinculada a fines de 2025 en el marco de un proceso de reducción de la planta estatal. Tras ello, dejó de percibir su salario. La defensa sostuvo que la medida vulneró derechos laborales básicos, especialmente en función de la protección legal que rige durante el embarazo. El STJ hizo lugar al planteo, dejó sin efecto la resolución previa y ordenó la inmediata reincorporación de la trabajadora. Además, dispuso el pago del salario correspondiente al mes de febrero de 2026. De acuerdo a lo resuelto, la reinstalación deberá garantizar el acceso a las licencias por gestación y maternidad previstas en la normativa vigente, en línea con los principios de tutela reforzada que amparan a las trabajadoras embarazadas en el ámbito laboral. Antecedente judicial En primera instancia, el amparo había sido rechazado bajo el argumento de que no se encontraban acreditados los extremos necesarios para su procedencia, en particular la urgencia o arbitrariedad manifiesta del acto administrativo. Sin embargo, el STJ adoptó un criterio más amplio en la revisión, priorizando la protección de derechos fundamentales vinculados al trabajo y la maternidad. El máximo tribunal provincial consideró que la desvinculación en ese contexto podía implicar una afectación ilegítima de garantías constitucionales, lo que habilitaba la vía excepcional del amparo. Alcance de la decisión La resolución se inscribe en una línea jurisprudencial que refuerza la protección de personas gestantes frente a decisiones administrativas que puedan resultar discriminatorias o regresivas en materia de derechos laborales. Si bien el fallo se limita al caso concreto, sienta un precedente relevante respecto de la obligación del Estado empleador de extremar cuidados en situaciones que involucren derechos especialmente protegidos, como el embarazo y la maternidad.
Ver noticia original