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Chajari » Chajari al dia
Fecha: 30/03/2026 19:47
En un revés significativo para el presidente Javier Milei, la justicia argentina decidió el lunes suspender de manera provisional más de 80 artículos de la nueva ley laboral, que buscaba reducir costos laborales y restringir el poder de los sindicatos. El juez laboral Raúl Horacio Ojeda accedió parcialmente a una medida cautelar solicitada por la Confederación General del Trabajo (CGT), principal central sindical del país, para detener la reforma que fue aprobada por el Congreso el pasado 27 de febrero. Hay derechos humanos comprometidos, habrá responsabilidades patrimoniales e institucionales en debate. Millones de contratos vigentes esperan definiciones sobre la aplicación temporal de la ley y certidumbre sobre su contenido, expresó el magistrado en su fallo, al que tuvo acceso la prensa. Una medida urgente, cautelar, va a derivar en mayor seguridad jurídica para todas las personas e instituciones involucradas, aplicando la norma una vez que haya superado el test de constitucionalidad y convencionalidad que aquí peticiona la actora (la CGT), argumentó Ojeda. La resolución se mantendrá vigente hasta que la justicia se pronuncie sobre el fondo del asunto, aunque el gobierno podría apelar esta decisión. Milei consideraba fundamental la reforma de la legislación laboral, que tiene más de 50 años, para atraer inversión extranjera, incrementar la productividad y fomentar la creación de empleo en un país donde aproximadamente el 40% de los trabajadores se desempeñan en la informalidad. Los gremios, que han frustrado intentos anteriores de reforma laboral, sostienen que los cambios propuestos son inconstitucionales porque vulneran derechos establecidos. Entre los artículos suspendidos se encuentran aquellos que modificaban la base de cálculo de las indemnizaciones, excluyendo pagos no mensuales como aguinaldos, vacaciones y horas extras. Asimismo, se suspendieron disposiciones que limitaban el poder de los sindicatos, como la ampliación de actividades consideradas esenciales, lo que obligaba a los gremios a garantizar servicios mínimos durante huelgas, y endurecían las sanciones contra las acciones de los sindicalistas. Hasta el momento, el gobierno no ha emitido un pronunciamiento oficial sobre la decisión del juez Ojeda. Fuente: Cadena 3
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