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Concordia » Cadena Entrerriana
Fecha: 23/03/2026 19:21
El equipo técnico de Compromiso por Concordia emitió un duro informe contra la reciente ordenanza que habilita contrataciones directas por montos multimillonarios. Advierten que una empresa privada ya estaría operando en la ciudad sin el respaldo de un contrato formal. Un pormenorizado análisis realizado por especialistas jurídicos y contables del partido Compromiso por Concordia ha puesto bajo la lupa la legalidad de la Emergencia Ambiental recientemente aprobada por el Concejo Deliberante. Según el documento de Compromiso por Concordia, la normativa presenta vicios de inconstitucionalidad parcial y falta de razonabilidad, especialmente en lo que respecta a las facultades extraordinarias otorgadas al Departamento Ejecutivo para gestionar el servicio de recolección de residuos mediante contrataciones directas. Una normativa «sin cimientos técnicos» Para los profesionales, la declaración de una emergencia no puede ser una respuesta a una gestión deficiente o a un deterioro paulatino del sistema, sino que debe responder a una situación objetiva y extraordinaria. En este sentido, denuncian que la ordenanza actual funciona como una «consigna vacía» que busca eludir los mecanismos de transparencia y control que rigen las licitaciones públicas ordinarias. El informe destaca con especial preocupación que, bajo el paraguas de esta emergencia, se habilita un régimen de gasto que podría alcanzar los 28.800 millones de pesos sin una definición clara del objeto del gasto. Además, alertan sobre una maniobra jurídica: aunque la emergencia es por un año, la ordenanza se utiliza para proyectar una reorganización del sistema por hasta seis años, permitiendo una eventual concesión del servicio sin el proceso de licitación correspondiente. Incertidumbre sobre la posible operatividad de prestadores privados Según los elementos relevados por los equipos técnicos, existiría la posibilidad de que una empresa privada ya se encuentre desempeñando tareas vinculadas al servicio de recolección en la ciudad. Esta situación ha generado diversos interrogantes, ya que la operatividad podría haberse iniciado sin que se conociera públicamente la formalización del contrato o el cumplimiento de la totalidad de los pasos administrativos y contables exigidos por la normativa vigente. En este contexto, se ha planteado la inquietud sobre si la firma habría comenzado sus actividades con anterioridad a la existencia de un acto administrativo formal que la respalde. Ante este escenario, consideran necesario que el municipio aclare bajo qué supuesto jurídico se estaría brindando la prestación actual y si la misma cuenta con toda la documentación respaldatoria que asegure la legalidad del procedimiento. . «Que una empresa trabaje antes de que la contratación esté formalmente perfeccionada es una situación de extrema gravedad administrativa que compromete la responsabilidad de los funcionarios», señala el texto. A esto se suma que la ordenanza omitiría requisitos de la Ley Provincial N.º 10.311, como el Plan de Gestión Integral y un cronograma para erradicar basurales. «Que una empresa trabaje antes de que la contratación esté formalmente perfeccionada es una situación de extrema gravedad administrativa que compromete la responsabilidad de los funcionarios», señala el texto. A esto se suma que la ordenanza omitiría requisitos de la Ley Provincial N.º 10.311, como el Plan de Gestión Integral y un cronograma para erradicar basurales. Exigencia de transparencia inmediata Ante lo que consideran una «improvisación» en un servicio esencial, el espacio solicitó al Ejecutivo municipal la suspensión inmediata de cualquier prestación privada que no cuente con un contrato legalmente perfeccionado. Asimismo, enfatizan seis preguntas claves que no tendrían respuesta: 1. En qué fecha exacta se formalizó la contratación directa de la empresa privada que actualmente presta o habría comenzado a prestar servicios vinculados a la recolección de residuos. 2. Cuál fue el acto administrativo concreto mediante el cual se dispuso dicha contratación. 3. Qué funcionarios intervinieron en cada etapa del procedimiento. 4. Quiénes fueron, con nombre y cargo, todos los funcionarios que firmaron los actos administrativos vinculados a la autorización, perfeccionamiento, imputación presupuestaria, control contable, orden de compra, recepción del servicio y eventual pago. 5. Si la empresa comenzó a prestar servicios antes de la formalización legal de la contratación y, en su caso, bajo qué supuesto jurídico lo hizo. 6. Cuál es la documentación respaldatoria completa del procedimiento administrativo correspondiente. 2. Cuál fue el acto administrativo concreto mediante el cual se dispuso dicha contratación. 3. Qué funcionarios intervinieron en cada etapa del procedimiento. 4. Quiénes fueron, con nombre y cargo, todos los funcionarios que firmaron los actos administrativos vinculados a la autorización, perfeccionamiento, imputación presupuestaria, control contable, orden de compra, recepción del servicio y eventual pago. 5. Si la empresa comenzó a prestar servicios antes de la formalización legal de la contratación y, en su caso, bajo qué supuesto jurídico lo hizo. 6. Cuál es la documentación respaldatoria completa del procedimiento administrativo correspondiente. Finalmente, los referentes de Compromiso por Concordia aclararon que su postura no es ideológica rechazando ser catalogados como «estatistas o privatizadores» sino estrictamente legal. El documento concluye con una advertencia tajante: «La emergencia no puede ser un cheque en blanco». El documento técnico lleva las firmas de los contadores Álvaro E. Sierra y Guido Longo; la licenciada Silvia Dri; y los abogados Pablo Lapiduz, Victoria Gallo, Carlos Ruiz Díaz y Ana Carolina Sigot
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