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Concordia » Cadena Entrerriana
Fecha: 18/03/2026 03:04
La situación procesal del empresario Lázaro Báez atraviesa un momento de contrastes en los tribunales federales. Mientras la Corte Suprema de Justicia desestimó un recurso para cerrar una causa por evasión, el Tribunal Oral en lo Penal Económico (TOPE) N° 3 dictó su sobreseimiento parcial en otro expediente, beneficiándolo mediante la aplicación retroactiva de la reciente Ley de Inocencia Fiscal. El rechazo de la Corte Suprema El máximo tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó un planteo de la defensa de Báez que buscaba extinguir la acción penal en una causa por evasión tributaria y aportes de seguridad social vinculada a Austral Construcciones SA. La defensa argumentaba que la deuda estimada en $600 millones ya había sido cancelada dentro del proceso de quiebra de la constructora, lo que debería considerarse una «reparación integral». Sin embargo, la Corte ratificó lo actuado por instancias inferiores basándose en dos puntos críticos: - Falta de sentencia definitiva: El recurso no se dirigía contra un fallo final. - Oposición de AFIP y Fiscalía: El organismo recaudador señaló que los pagos no eran «concretos» sino condicionales, y que los montos transferidos no cubrían la pretensión fiscal actualizada. El beneficio de la nueva Ley de Inocencia Fiscal En un frente paralelo, Báez obtuvo una victoria jurídica significativa. El mismo TOPE N° 3 decidió aplicar los nuevos parámetros de la Ley 27.799 (Inocencia Fiscal), aprobada recientemente a instancias del Poder Ejecutivo. Esta normativa elevó drásticamente los umbrales económicos para que un incumplimiento sea considerado delito: - Evasión simple: El piso subió a $100.000.000 por tributo y ejercicio anual. - Evasión agravada: El monto mínimo se fijó en $1.000.000.000. Consecuencia directa: Al actualizarse estos montos, las deudas de Austral Construcciones correspondientes a los períodos 2010, 2011, 2013 y 2014 quedaron por debajo del nuevo límite legal. En consecuencia, el tribunal dictó el sobreseimiento parcial de Báez, sus hijos (Martín, Luciana y Leandro) y otros 11 directivos y colaboradores de la firma. El debate por la «Ley más benigna» La resolución no estuvo exenta de polémica. El fiscal general Diego Velasco se opuso al beneficio, argumentando que la ley no representa un cambio en el criterio de criminalidad, sino una mera actualización por inflación y que, por ende, no debería aplicarse de forma retroactiva. Sin embargo, los jueces Jorge Zabala, Fernando Machado Pelloni y Karina Perilli aplicaron el principio de la ley penal más benigna. No obstante, aclararon que Báez seguirá enfrentando un juicio oral por el período fiscal 2012, donde el monto evadido sí supera los nuevos umbrales establecidos por la ley. Nómina de sobreseídos Además del clan Báez, la medida alcanzó a: Julio Mendoza, César Andrés, Claudio Bustos, Eduardo Arrejín, Mario Delgado, Tomás Garzón, María Cristina González, Gastón Lemoine, Emilio Martín, Ariel Nieto y Hugo Uribe.
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