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  • Geriátrico del horror: revocaron las condenas de tres autoridades del hogar donde murieron 10 ancianos en 2020

    » La Nacion

    Fecha: 16/03/2026 17:23

    Geriátrico del horror: revocaron las condenas de tres autoridades del hogar donde murieron 10 ancianos en 2020 La Cámara de Casación porteña dejó sin efecto la sentencia que en 2025 había condenado a los dos dueños y a la médica del hogar de Belgrano donde murieron 10 residentes durante un brote de Covid-19 - 6 minutos de lectura' Cinco años después de que el brote de Covid-19 en el geriátrico Apart Los Incas, en Belgrano, se convirtiera en una de las imágenes más dolorosas de la primera etapa de la pandemia en la ciudad de Buenos Aires, la causa judicial dio un nuevo giro. La Sala II de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas revocó las condenas que habían sido dictadas en junio del año pasado contra dos de los dueños del establecimiento, Hugo Eduardo Visca y Luis Daniel Megyes, y contra la médica Carla Lorena Raffo. Con esa decisión, los imputados por la muerte de los diez residentes quedaron absueltos. La resolución fue firmada por los jueces Carla Cavaliere e Ignacio Mahiques y modificó de manera sustancial el escenario que había dejado el fallo del Tribunal Oral N°12 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la ciudad. Ese tribunal había condenado el 30 de junio de 2025 a Visca, Megyes y Raffo a dos años de prisión, de ejecución condicional, y a cuatro años de inhabilitación especial. En cambio, había absuelto a Daniela Alejandra Gonzalo, Alicia Haydeé Allegue, socias de la residencia, y también a Paula Verónica Trunzo, exfuncionaria del Gobierno porteño vinculada a tareas de fiscalización. Ahora, la Cámara no solo confirmó las absoluciones de Gonzalo y Allegue, sino que además revocó las condenas de Visca, Megyes y Raffo. También dejó sin efecto la reparación económica que había sido admitida parcialmente en primera instancia en favor de familiares de algunas de las víctimas, y levantó las medidas cautelares que seguían vigentes, entre ellas la prohibición de salida del país, la suspensión provisoria de sus cargos y los embargos preventivos. El argumento detrás del cambio El punto central de la revisión estuvo en la atribución penal del resultado. Según la Cámara, no quedó acreditado con el grado de certeza que exige una condena que las conductas atribuidas a los tres condenados hubieran provocado el desenlace fatal. Los camaristas remarcaron que no pudo determinarse de qué manera ingresó el virus al geriátrico y, por lo tanto, tampoco podía sostenerse con seguridad que, aun con una actuación distinta de los acusados, los contagios y las muertes se hubieran evitado. Ese razonamiento implicó un cambio de criterio respecto de lo que había sostenido la mayoría del tribunal oral. En junio del año pasado, los jueces María Julia Correa y Norberto Circo habían considerado que las omisiones detectadas dentro del geriátrico habían incrementado el riesgo en un contexto especialmente delicado, marcado por la expansión del coronavirus en una población de altísima vulnerabilidad. La Cámara, en cambio, entendió que ese vínculo no estaba probado con el estándar requerido por el derecho penal. En el caso de Gonzalo y Allegue, la Cámara confirmó lo que ya había resuelto el tribunal oral, que su pertenencia formal al directorio no alcanzaba por sí sola para atribuirles responsabilidad penal. Los jueces entendieron que no se probó que hubieran tenido una intervención concreta en la toma de decisiones operativas en el geriátrico durante la pandemia ni que hubieran ejercido un control real sobre lo que sucedía dentro del establecimiento. Una cadena de omisiones En 2020, esta causa fue una de las más emblemáticas de la pandemia por el impacto que produjo la situación vivida en este hogar de adultos mayores, ubicado en la esquina de Avenida de los Incas y Zapiola. El 21 de abril de ese año, después de varias denuncias de familiares, el SAME debió evacuar de urgencia a los residentes. La escena de ambulancias alineadas sobre la avenida, camillas y adultos mayores siendo retirados del lugar quedó grabada como una postal del colapso sanitario que amenazaba a los geriátricos en aquellos primeros meses de circulación del virus. Con el paso de los días, diez residentes murieron y la investigación empezó a reconstruir qué había ocurrido dentro del establecimiento. Según la acusación, hubo graves irregularidades: historias clínicas sin actualizar, falta de seguimiento médico, personal que habría seguido trabajando pese a tener síntomas compatibles con Covid-19, problemas con los elementos de protección y demoras en activar los protocolos sanitarios. También se cuestionó la falta de comunicación oportuna con las autoridades y con las familias. Durante el juicio oral, que comenzó el 19 de mayo de 2025, la querella insistió en que lo sucedido no había sido una tragedia inevitable, sino el resultado de una cadena de omisiones en el cuidado de una población particularmente frágil. Uno de los testimonios más resonantes fue el del exviceministro de Ambiente Sergio Federovisky, hijo de una de las víctimas, que describió el estado de abandono en el que, según sostuvo, se encontraban varios residentes al momento de la crisis sanitaria. La defensa, por su parte, sostuvo que los acusados actuaron dentro de las posibilidades de un contexto excepcional, atravesado por la incertidumbre, la falta de información consolidada sobre el virus y el deterioro acelerado de la situación sanitaria. Megyes, por ejemplo, había dicho tras la condena de junio que recibió la decisión con perplejidad y que nunca hubo durante el proceso judicial una prueba concreta que demostrara una acción u omisión personal de su parte. La defensa de Raffo también había anticipado entonces que apelaría al considerar que la médica había obrado con la diligencia compatible con el conocimiento disponible en el inicio de la pandemia. El 30 de junio de 2025, cuando se conoció el veredicto del tribunal oral, varios familiares de las víctimas entendieron la condena como una forma de reparación, aunque insuficiente frente a la muerte de diez personas. Ahora, con la resolución de la Cámara, el caso vuelve a cambiar de eje. El tribunal de alzada no discutió la gravedad de lo ocurrido en Apart Los Incas ni el drama humano que implicó el brote dentro del geriátrico, pero sí concluyó que no estaba probado, con la certeza que exige una condena penal, que Visca, Megyes y Raffo fueran responsables de ese resultado.

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