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Gualeguaychu » El Dia
Fecha: 14/03/2026 20:34
Con las cárceles de la provincia ocupadas casi al límite, desde el Servicio Penitenciario de Entre Ríos señalaron que no existe un espacio que pueda asignarse para albergar menores, imposibilitando la premisa de mantenerlos separados de internos adultos. Sin embargo, la Unidad Penal N°9 de Gualeguaychú y la Unidad Penal N°8 de Federal se presentan como los únicos establecimientos posibles de ser ampliados para atender esta problemática. Esta semana el Gobierno nacional promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801). La normativa, oficializada mediante el decreto 138/2026 en el Boletín Oficial, establece la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y crea un sistema especializado para adolescentes. Sin embargo, mientras la población carcelaria crece en todo el país, los penales sufren limitaciones presupuestarias y de infraestructura que imposibilitan la correcta implementación de esta ley, que establece condiciones diferenciadas para los menores privados de su libertad. Para conocer el panorama en la región e indagar en el rol que ocupa la Unidad Penal Nº9 Colonia El Potrero (UP9), de Gualeguaychú, Ahora ElDía conversó con el director del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, Alejandro Miotti, quien compartió algunos ejes a considerar para la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia. Es importante tener en cuenta que el Servicio Penitenciario tiene como rol fundamental, asignado por la Ley de Ejecución 24.660, la custodia y el tratamiento de las personas privadas de su libertad, entendiendo el tratamiento como el proceso mediante el cual el condenado debe adquirir la capacidad de respetar la ley para poder volver a la vida social y comunitaria dentro de los parámetros de convivencia aceptados, aclaró en primer término. Y distinguió: En el caso de los menores imputables la situación difiere en cuanto a que las medidas tomadas no pueden permanecer ajenas a los Tratados Internacionales, que tienen rango constitucional, como la Convención de los Derechos del Niño, la Convención Americana de Derechos Humanos, y la Convención contra la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes. La Ley contempla estos ejes normativos y establece en el artículo 8 medidas complementarias a la sanción penal, mencionando actividades educativas, recreativas, culturales y de salud como indispensables en este proceso punitivo. La nueva ley también establece que la pena privativa de la libertad en los menores es la última instancia de sanción penal, y sólo la prevé para el delito de homicidio o donde la víctima resulte con un grave daño físico o psicológico. Para esta modalidad, la norma no habla específicamente del Servicio Penitenciario como el encargado de la custodia y tratamiento de los menores, sino que menciona institutos especializados, siguió Miotti. El director explicó que la norma sancionada prevé no solo los institutos especializados sino también la prohibición del alojamiento y contacto de los menores con detenidos mayores de edad. Y pone un énfasis especial en el personal encargado de realizar el abordaje cotidiano de los menores, destacando la formación específica en el trato con adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley penal. Teniendo en cuenta estos elementos, el funcionario consideró que el Servicio Penitenciario se encuentra con algunos límites: En primera instancia en cuanto a los lugares de alojamiento, dado que no existe un espacio físico que pueda asignarse para albergar menores. Las unidades penales se encuentran en el máximo de su capacidad de alojamiento y no puede garantizarse la premisa de mantener separados adultos y menores. En lo que respecta al tratamiento, se debe contar con personal técnico especializado para el abordaje de menores y las problemáticas específicas de la niñez y adolescencia. Por otra parte, se debe considerar como eje fundamental del abordaje el aspecto educativo, atendiendo que se trata de jóvenes en edad escolar y, por ende, deben acceder a espacios educativos formales que permitan finalizar la escolaridad primaria y secundaria, agregó. Miotti resaltó que el Servicio Penitenciario no cuenta con la cantidad de profesionales técnicos y de seguridad para enfrentar los nuevos roles que propone la Ley Penal Juvenil. Además, aclaro que, aunque no hay sobrepoblación en las cárceles entrerrianas, las mismas están casi al máximo de su capacidad, con una población al día de la fecha de 3.123 internos. La principal limitación con que cuenta el Servicio Penitenciario es que las unidades penales de la provincia no tienen posibilidad de ser ampliadas, dado que son construcciones muy antiguas que datan de fines del siglo XIX y principios del siglo XX. Sin embargo, a la hora de pensar en una ampliación del sistema, indicó que tanto la UP9 como la Unidad Penal N°8 Bicentenario de la Revolución de Mayo (UP8), en la localidad de Federal, constituyen una excepción, ya que contarían con el espacio para la construcción de nuevos módulos de alojamiento. Por lo tanto, serían los únicos dos lugares donde, si se dan las condiciones edilicias, se podrían alojar menores. El funcionario contó que en 2024 se envió a Nación un expediente que contemplaba la construcción de 10 módulos en la UP9, lo que llevaría la capacidad de alojamiento a un aproximado de 900 plazas: El mismo contenía centros de trabajo y educativos; además se solicitó en 2025 un módulo para una capacidad de 100 internos. Este último expediente está a consideración de la provincia, señaló. Al momento, no hay novedades sobre el avance de estos proyectos. En cambio, la UP8 sí se encuentra próxima a ampliar su capacidad, dado que en febrero de este año se realizó la apertura de sobres para adjudicar la obra de finalización de un módulo que permitirá albergar unos 200 internos más. Otro detalle interesante que comentó Miotti es que se elevaron pedidos de traslados para que la mayoría de internos con causas federales, que son alrededor de 300, sean realojados en la órbita del Servicio Penitenciario Federal, liberando así de manera considerable los cupos de alojamiento. De este modo, mientras el nuevo Régimen Penal Juvenil establece condiciones especiales para los adolescentes que sean privados de su libertad, la realidad del sistema penitenciario entrerriano expone grandes limitaciones para llevarlo a la práctica. Con unidades penales casi al límite de su capacidad, escasez de personal especializado y falta de infraestructura específica para menores, la implementación efectiva y correcta de la normativa en la provincia se vuelve un desafío central que complica aún más los problemas ya existentes en las cárceles.
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