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Parana » El Once Digital
Fecha: 14/03/2026 15:05
Condenado por narcotráfico gozaba de condicional y fue imputado por delitos contra la integridad sexual La Justicia federal revocó la libertad condicional de un condenado que fue denunciado por amenazas contra su pareja y sus hijos mientras gozaba del beneficio. La resolución fue firmada por la jueza Noemí Berros y comunicada a organismos judiciales provinciales. 14 de Marzo de 2026 REDACCIÓN ELONCE La Justicia federal revocó la libertad condicional de un condenado que fue denunciado por amenazas contra su pareja y sus hijos mientras gozaba del beneficio. La resolución fue firmada por la jueza Noemí Berros y comunicada a organismos judiciales provinciales. La revocación de la libertad condicional de GAM fue dispuesta por la vocal del Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Paraná, Noemí Berros, luego de analizar una denuncia por amenazas y nuevas imputaciones que involucran al condenado mientras gozaba del beneficio judicial. La magistrada resolvió dejar sin efecto la libertad condicional que había sido otorgada previamente y ordenó comunicar la decisión al Juzgado de Garantías N°1 de Concordia y a la Unidad Fiscal de San Salvador. Además, solicitó que se informe a la Secretaría de Ejecución Penal del Tribunal Oral Federal el lugar actual de detención del imputado y cualquier modificación respecto de su situación procesal. En la misma resolución, la jueza también dispuso notificar a la Delegación Paraná de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal para informar que cesa su intervención en el control que se había ordenado cuando el condenado accedió al beneficio. Denuncia por amenazas y evaluación del tribunal Al fundamentar su decisión, Berros señaló que los hechos expuestos en la causa que tramita en el Juzgado de Garantías N°1 de Concordia revelan, en principio, una conducta de gravedad por parte del condenado. Según surge de la denuncia, la pareja del imputado lo acusó de haber proferido amenazas de muerte contra ella y sus hijos mientras convivían en el mismo domicilio, pese a que el hombre se encontraba bajo el régimen de libertad condicional. Para la magistrada, la descripción de los hechos permite advertir prima facie una conducta totalmente inaceptable, lo que justificó adoptar la medida solicitada por el Fiscal General. En ese sentido, consideró que la permanencia del condenado en libertad condicional implicaba un riesgo que debía ser evaluado con especial cautela. Situación procesal y nuevos cargos en investigación La resolución también consignó que la Unidad Fiscal de San Salvador informó que GAM se encuentra actualmente detenido en el marco de otra causa que tramita ante el Juzgado de Garantías N°1 de Concordia por el delito de abuso sexual con acceso carnal. Al analizar la situación, Berros reconoció que en esa investigación todavía no existe una sentencia firme que determine la culpabilidad del imputado. Sin embargo, entendió que la magnitud de los hechos investigados constituye un elemento relevante para evaluar el cumplimiento de las condiciones impuestas al momento de otorgarse la libertad condicional. En ese sentido, la magistrada consideró que la gravedad de la imputación y las circunstancias denunciadas permiten inferir un incumplimiento de las pautas que el condenado debía respetar para mantener el beneficio. Postura de la defensa y argumentos del Ministerio Público Fiscal La Defensa Pública había solicitado que se rechazara el pedido de revocación de la libertad condicional presentado por el Ministerio Público Fiscal y pidió que el imputado continuara bajo ese régimen. Entre sus argumentos, la defensa sostuvo que su asistido debe ser considerado inocente hasta que exista una sentencia firme, por lo que técnicamente no se ha acreditado la comisión de un nuevo delito que habilite la revocación del beneficio. También cuestionó el fundamento utilizado por la Fiscalía, señalando que el dictamen citaba una resolución vinculada con la revocación de una prisión domiciliaria y que no podía aplicarse de forma análoga al caso de la libertad condicional. Según la defensa, ambas figuras jurídicas tienen diferencias sustanciales: mientras que la prisión domiciliaria implica privación de la libertad, la libertad condicional supone la permanencia en libertad bajo determinadas condiciones, lo que representa una menor intervención estatal. Antecedentes de la condena y fundamentos del fiscal El Fiscal General recordó que el imputado había sido condenado por el Tribunal Oral Federal de Paraná a un año y seis meses de prisión por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Esa pena fue posteriormente unificada con una condena dictada por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia el 6 de julio de 2021, que estableció cuatro años y ocho meses de prisión. Como resultado, se fijó una pena única de cinco años y seis meses de prisión, cuyo vencimiento está previsto para el 7 de noviembre de 2026. De acuerdo con lo expuesto por la Fiscalía, el condenado accedió al beneficio de la libertad condicional el 8 de enero de 2026, luego de haber estado alojado en la Unidad Penal N°3 y de haber obtenido previamente salidas transitorias de carácter sociofamiliar. Argumentos para la revocación del beneficio Para el Ministerio Público Fiscal, los hechos que se investigan actualmente representan un incumplimiento grave de las pautas de comportamiento exigidas al momento de otorgar el beneficio. El fiscal señaló que uno de los requisitos esenciales para sostener la libertad condicional es la abstención de cometer nuevos delitos o incurrir en conductas que contradigan las condiciones impuestas por el tribunal, publicó APF. En este caso, la imputación y la detención del acusado fueron consideradas suficientes para concluir que el condenado ya no reúne las condiciones necesarias para continuar bajo el régimen de libertad condicional. Asimismo, la Fiscalía destacó que los hechos denunciados se produjeron en un contexto de violencia de género, lo que obliga a considerar los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, en línea con la Convención de Belém do Pará. 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