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  • Reforma previsional en Entre Ríos: cómo cambiarían las edades y otros detalles

    Parana » Entreriosya

    Fecha: 13/03/2026 12:39

    El proyecto de ley de reforma previsional en Entre Ríos establece los vectores principales que guiarán los cambios en el sistema jubilatorio de la provincia. La premisa inicial del documento al que accedió AHORA lleva tranquilidad a los actuales pasivos, ya que las disposiciones de esta propuesta no afectarán los derechos adquiridos ni alterarán la situación previsional de quienes ya se encuentran jubilados o pensionados al momento de la sanción de la ley. Asimismo, en todos los casos se prevé garantizar el respeto de las situaciones de revista vigentes y de los beneficios ya otorgados, para preservar la seguridad jurídica y los derechos consolidados. En cuanto al cálculo del beneficio, el texto determina que se sostiene el 82% liquidado sobre el bruto del haber. Para establecer este haber inicial, se tomará como base de cálculo la historia laboral real del conjunto de haberes de los 30 años de aportes. Además, los haberes mantendrán su condición móvil en relación con las variaciones del nivel sectorial de las remuneraciones del personal que se encuentra en actividad. Para ello, se aplicará una metodología de movilidad por índice, proponiendo que la misma refleje, con parámetros provinciales, la fórmula de movilidad jubilatoria aplicada a nivel nacional desde el año 2021. Edades y años de aporte Uno de los ejes más importantes de la reforma impacta en los futuros jubilados, buscando acompañar los parámetros de la jubilación ordinaria nacional. El nuevo esquema establece que tendrán derecho a la jubilación ordinaria común los varones que hubieran cumplido sesenta y cinco (65) años y las mujeres a los sesenta (60) años. A su vez, se requerirá acreditar treinta y cinco (35) años de servicios computables. Sin embargo, esta modificación contempla una implementación gradual, dado que las nuevas edades comenzarán a regir recién una vez transcurridos cinco (5) años desde el día de su entrada en vigencia. Durante ese plazo de gracia, continuarán aplicándose las edades jubilatorias previas a la ley y los 30 años de aportes.Una vez cumplido ese plazo inicial de cinco años, las edades jubilatorias se incrementarán de manera gradual a razón de seis (6) meses por cada año calendario, al igual que los años de aporte requeridos. Según la tabla proyectada en el documento, a los 5 años de la ley el hombre se jubilará a los 62 y la mujer a los 57, exigiendo 30 años de aporte, y se irán elevando los requisitos hasta alcanzar el tope definitivo de 65 y 60 años respectivamente, con 35 años de aporte, a los 17 años de implementación del nuevo sistema. El proyecto también contempla el mantenimiento de la actual Ley 8732 para los regímenes especiales, abarcando a trabajadores de salud mental, radiología, docentes y personas con discapacidad, entre otros. Quienes opten por el beneficio previsional especial de forma anticipada, deberán continuar efectuando los aportes personales correspondientes al sistema, los cuales tendrán carácter solidario, hasta cumplir los requisitos de edad previstos para la jubilación ordinaria común. Por otra parte, si circunstancias extraordinarias evidencian desequilibrios financieros o actuariales, el Poder Ejecutivo podrá establecer, de manera excepcional y por tiempo determinado, aportes solidarios previsionales y topes máximos a cargo de quienes ya perciban beneficios otorgados por el régimen previsional provincial. Fuente: AHORA

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