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Diamante » Neonetmusic
Fecha: 13/03/2026 03:14
Un fallo judicial emitido en la provincia de Córdoba generó repercusiones en el ámbito laboral tras cuestionar un punto central de la reciente reforma del régimen de trabajo. La resolución declaró inconstitucional un artículo que establece cómo deben actualizarse los montos reclamados en juicios por despido que ya estaban en curso cuando la normativa entró en vigencia. La decisión fue adoptada por el juez laboral Ricardo Gileta, quien en una sentencia firmada el 10 de marzo resolvió invalidar el artículo 55 de la denominada Ley de Modernización Laboral. Dicho apartado regula la actualización de los créditos laborales en causas judiciales iniciadas con anterioridad a la sanción de la ley. Según el análisis del magistrado, la norma establece un mecanismo de cálculo que podría reducir de manera considerable las indemnizaciones que perciben los trabajadores, en algunos casos entre un 20% y un 60% respecto de los criterios utilizados previamente por distintos tribunales laborales del país. El artículo cuestionado dispone que las deudas en juicios laborales se actualicen tomando como referencia la tasa de interés del Banco Central de la República Argentina, pero con un tope equivalente a la inflación más un 3% anual y un mínimo del 67% de ese cálculo. Para el juez, este sistema genera un tratamiento desigual entre las causas iniciadas antes y después de la reforma. En su resolución, el magistrado ordenó que el cálculo de los créditos laborales se realice de acuerdo con el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, que establece un ajuste vinculado a la evolución del Índice de Precios al Consumidor y suma además un interés del 3% mensual desde el momento en que se produjo la mora. El fallo remarca que los créditos laborales tienen carácter alimentario y advierte que cualquier mecanismo que reduzca su valor frente a la inflación puede afectar el principio de protección al trabajador.
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