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  • La Cámara de Casación confirmó que seguirá preso el hombre que atacó la caravana presidencial de Milei

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 12/03/2026 18:40

    En una resolución dictada de manera unánime, la Cámara Federal de Casación Penal rechazó este jueves el recurso presentado por el hombre condenado por arrojar una botella contra la caravana presidencial durante la asunción del presidente Javier Milei en diciembre de 2023, por lo que quedó firme la decisión judicial que le había negado la libertad condicional. La Sala III del máximo tribunal penal del país, integrada por los camarista Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, declaró inadmisible el planteo presentado por la defensa de Gastón Ariel Mercanzini, quien cumple una pena de tres años y seis meses de prisión por el ataque ocurrido durante el traslado del mandatario desde el Congreso hasta la Casa Rosada el día de su asunción como titular del Poder Ejecutivo. En su decisión, la Casación Federal sostuvo que el juzgado de ejecución había fundamentado de manera correcta el rechazo al beneficio procesal. En sus términos, el fallo consignó: El tribunal de mérito expuso adecuadamente las razones que determinaron su decisión y no se verifica -ni el recurrente logra demostrar- la concurrencia de un supuesto de arbitrariedad que afecte la validez del resolutorio (...). Los magistrados también ponderaron que los fundamentos de la defensa no evidenciaban irregularidades en la resolución apelada por el condenado. Según el pronunciamiento, la resolución impugnada se encuentra razonablemente fundada y los agravios sólo evidencian una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta (...); decisión que cuenta, además, con los fundamentos jurídicos mínimos, necesarios y suficientes, que impiden su descalificación como acto. El recurrente tampoco demostró la existencia de una cuestión federal que permita habilitar la competencia de esta Cámara como tribunal intermedio, conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en Di Nunzio, concluyeron los camaristas antes de declarar inadmisible el planteo ante Casación. El episodio que dio origen a la causa ocurrió el 10 de diciembre de 2023, cuando Milei se trasladaba desde el Congreso de la Nación hacia la Casa Rosada acompañado por su hermana Karina Milei, actual secretaria general de la Presidencia. Al pasar por la intersección de Avenida de Mayo y Montevideo, en el centro de Buenos Aires, una botella de vidrio fue arrojada hacia la caravana presidencial. El objeto impactó en el subcomisario Guillermo Armentano, integrante de la Superintendencia de Seguridad y Custodia de la Policía Federal Argentina, que formaba parte del primer anillo de seguridad del mandatario. El golpe fue por encima de la oreja y le provocó una herida que comenzó a sangrar hacia el cuello, según consta en el expediente judicial. Mercanzini se entregó al día siguiente. Durante la investigación dijo que estaba desocupado, que tenía problemas de adicción y que en el momento del hecho estaba alcoholizado y viviendo en situación de calle. También pidió disculpas al presidente y expresó arrepentimiento. En mayo de 2024, la jueza federal María Eugenia Capuchetti homologó un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre la defensa del acusado y el fiscal Carlos Rívolo. Por el ataque con la botella se le impuso una pena de un año y seis meses de prisión, que posteriormente fue unificada con una condena previa por violencia de género, lo que derivó en una pena única de tres años y seis meses de prisión efectiva. En septiembre del año pasado, la defensa solicitó la libertad condicional, al sostener que Mercanzini había cumplido el tiempo mínimo requerido por la ley y que registraba buena conducta dentro del establecimiento penitenciario. Sin embargo, el Juzgado Criminal y Correccional Federal N°9 rechazó el pedido tres meses después. Entre los fundamentos, la resolución ponderó que el condenado no había mantenido durante el período exigido la calificación mínima de buena en su concepto de tratamiento. También mencionó la existencia de un expediente disciplinario en trámite tras el hallazgo de un objeto corto punzante entre sus pertenencias dentro del penal. Mientras que los equipos técnicos del Servicio Penitenciario Federal emitieron un pronóstico desfavorable respecto de sus posibilidades de reinserción social. Otro de los factores considerados por el juzgado fue el domicilio propuesto por Mercanzini para cumplir el eventual beneficio. La dirección estaba ubicada en Concepción del Uruguay, la misma ciudad donde viven las víctimas del caso de violencia de género por el que había sido condenado y donde tenía prohibido ingresar. Tras el rechazo del beneficio, la defensa recurrió ante la Cámara Federal de Casación, que finalmente confirmó la decisión y dejó firme la negativa a conceder la libertad condicional.

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