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Parana » Radio La Voz
Fecha: 11/03/2026 11:07
El escrito lleva la firma del presidente de la empresa, Javier Madanes Quintanilla, y está dirigido a la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN). La fábrica sigue tomada por el sindicato desde que se anunció su cierre. Luego de que la Justicia revocara la orden de desalojo de la planta de Fate en San Fernando, el presidente de la empresa, Javier Madanes Quintanilla, advirtió que no se podían garantizar las condiciones de seguridad radiológica y física exigidas para el funcionamiento de un acelerador lineal de electrones al apuntar que la fábrica estaba usurpada. La advertencia fue presentada en una carta que Madanes Quintanilla envió a la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) el martes por la noche. En el escrito, informaron que en las instalaciones se encuentra un equipo acelerador lineal de electrones de 500 KeV - 100mA para uso industrial y alertaron por el potencial riesgo de su uso al no tener acceso al predio. Si bien el presidente de Fate reconoce que, como licenciatarios, son responsables de la seguridad radiológica y física, y del uso de los materiales radiactivos y radiaciones ionizantes autorizados, aseguraron que esto no sería posible porque la planta industrial se encuentra usurpada. Ponemos en vuestro conocimiento que no podemos garantizar las condiciones de seguridad ni la diligencia debida necesaria e impuesta por el régimen aplicable con relación al equipo cuya licencia nos ha sido otorgada, reiteraron al agregar que, entre sus responsabilidades, también recaía la tarea de contar un ambiente apropiado y personal idóneo para ejecutar el acelerador. La carta de Fate a la ARN se habría emitido horas después de que la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro fallara en contra del desalojo de trabajadores y representantes del Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA), que desde el 19 de febrero mantienen ocupada la fábrica ubicada en San Fernando. La decisión representó un respaldo judicial al ejercicio del derecho a huelga, tras argumentar que se trata de una expresión legítima de acción sindical. Además, negaron que la causa correspondiera al fuero penal, ya que se trataba de un conflicto laboral que involucra el despido de hasta 920 operarios. El tribunal, conformado por los jueces Juan Stepaniuc, Luis Cayuela y Leonardo Pitlevnik, sostuvo en su resolución que la huelga, como expresión más pura del reclamo, se encuentra reconocida como derecho en el artículo 14 bis de la CN y se trata de un medio de acción directa, de carácter colectivo, destinada a preservar o conquistar derechos o intereses de los trabajadores. De esta manera, la sentencia de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantía en lo Penal de San Isidro revocó un fallo anterior de primera instancia que ordenaba la expulsión de quienes desde febrero se encuentran en el predio industrial defendiendo sus fuentes de trabajo. Este no es el único revés que sufrió la empresa productora de neumáticos durante la jornada del martes, debido a que el Gobierno nacional también confirmó que serán multados por no haber pagado los sueldos durante la etapa de conciliación obligatoria. Se ha iniciado el sumario correspondiente a la empresa Fate por el incumplimiento de pago de los salarios correspondientes a la segunda quincena de febrero, lo cual consiste en una violación de la conciliación obligatoria dictada oportunamente, anunció el ministerio de Capital Humano, al agregar que la instancia sería prorrogada por cinco días más. Es decir, en lugar de vencer este 11 de marzo, lo hará el 16 de este mes. Asimismo, explicaron que la sanción será calculada a partir del artículo 4º del régimen general de sanciones por infracciones laborales, ratificado por la Ley Nº 25.212, que representa una multa del 50% al 2000% del valor mensual del salario mínimo, vital y móvil por cada trabajador afectado. Finalmente, las autoridades explicaron que se contempla dicha sanción a la empresa con el objetivo de resguardar el interés general y garantizar el cumplimiento de la normativa laboral vigente. Y concluyeron que la conciliación buscará preservar el diálogo, evitar la profundización del conflicto y favorecer el cumplimiento de las obligaciones laborales. Ante la consulta de Infobae horas antes de este comunicado del ministerio de Capital Humano, fuentes de la empresa precisaron que no se les estaba pagando el sueldo a los empleados que aún no habían resuelto su salida debido a que el salario se abona contra la realización de un trabajo y la planta se mantiene tomada por el gremio. La empresa, agregaron las fuentes, ofreció pagar un adelanto, pero no fue aceptado. Es un tema que tiene que resolver el Gobierno porque no están trabajando y, por otra parte, la empresa ya había dispuesto el cierre, afirmó una fuente de la compañía. Horas después, llegó el comunicado con la decisión de la multa. De los 920 empleados que Fate tenía hasta la decisión de cerrar, unos 380 aún no acordaron su salida. La indemnización se está pagando bajo la ley anterior, que era más beneficioso que la dispuesta con la actual reforma laboral, aclararon las fuentes. De todos modos, poco menos de la mitad aún se resisten. La empresa, sin embargo, insiste con negociaciones individuales para lograr que se vayan sumando cada vez más trabajadores.
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