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  • Siguen pendientes las aclaraciones sobre la sindicatura en la obra social provincial

    Concordia » El Heraldo

    Fecha: 11/03/2026 02:05

    Siguen pendientes las aclaraciones sobre la sindicatura en la obra social provincial El pedido de precisiones sobre la situación institucional del síndico continúa sin respuestas formales por parte de la presidencia de OSER y del Tribunal de Cuentas. A comienzos de año se abrió una controversia institucional en torno a la situación del síndico fiscalizador designado por el oficialismo en la Obra Social de Entre Ríos (OSER). El 6 de enero, el síndico fiscalizador por la oposición, Mariano Giampaolo, solicitó formalmente información a la presidencia del organismo para esclarecer distintos aspectos vinculados al cargo que ocupa Juan Carlos Paludi, también designado por el Poder Ejecutivo. Ambos funcionarios fueron nombrados tras la entrada en vigencia de la Ley Nº 11.202, sancionada en junio de 2025, que creó el nuevo marco legal de la OSER y dejó sin efecto la normativa que regía al anterior Instituto de la Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper). Ante la falta de respuesta por parte de la obra social, el requerimiento fue reiterado un mes más tarde ante el Tribunal de Cuentas de la provincia, con el objetivo de que ese organismo de control intervenga para aclarar la situación. El pedido de informes presentado por Giampaolo designado a partir de una terna elevada por el bloque de senadores del peronismo solicitó precisiones sobre cuatro cuestiones puntuales relacionadas con el ejercicio del cargo. Entre ellas se plantearon posibles incompatibilidades derivadas de la condición de jubilado del funcionario, su desempeño como docente en la Universidad Autónoma de Entre Ríos (Uader) y la eventual percepción simultánea de haberes en ambas funciones. También se solicitó confirmar el cumplimiento de requisitos establecidos en la ley de creación de la obra social, como la condición de contador público matriculado y el ejercicio profesional acreditado durante al menos diez años en la provincia. De los puntos planteados, el único aspecto mencionado públicamente fue el referido a la titulación profesional, aunque sin una respuesta formal. En ese caso circularon imágenes de títulos de contador y de licenciado en Administración, documentación que no formaba parte específica del pedido de informes original. La ausencia de respuestas formales abrió interrogantes sobre el cumplimiento de la Ley Nº 7.060, que establece un plazo de 20 días hábiles para contestar pedidos de informes oficiales. También generó cuestionamientos respecto al silencio administrativo del Tribunal de Cuentas. Desde la sindicatura opositora se advirtió además que la falta de aclaraciones podría derivar en situaciones sensibles, ya que el funcionario involucrado tiene acceso a información estratégica de la obra social mientras no se definan los planteos presentados. A ello se suma la posibilidad de que existan incompatibilidades en la percepción de haberes, en caso de confirmarse los supuestos mencionados. Giampaolo señaló que su intervención se fundamenta en las facultades de control previstas en el artículo 25 inciso c) de la Ley 11.202, que establece las funciones de fiscalización del cargo. Intervención del Tribunal de Cuentas Ante la falta de respuestas por parte de la presidencia de la obra social, el 6 de febrero el síndico presentó el caso ante el Tribunal de Cuentas mediante el expediente Nº 338258-000. En esa presentación solicitó que se analice la situación laboral del síndico designado por el oficialismo y se determine si se cumplen los requisitos previstos por la normativa vigente. La actuación se realizó en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 inciso f) de la misma ley, que obliga al síndico fiscalizador a dar intervención a los organismos de control cuando detecta posibles irregularidades. Hasta el momento, el pedido continúa sin respuestas oficiales en los puntos planteados, lo que mantiene abierta la discusión sobre el cumplimiento de las normas administrativas y de control previstas por la legislación provincial.

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