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Parana » 2 Florines
Fecha: 10/03/2026 18:51
Se realizó una capacitación sobre el Régimen de Simplificación Contable para Asociaciones Civiles de Entre Ríos 10/03/2026 El encuentro contó con una amplia participación de contadores e integrantes de diferentes organizaciones de la provincia. Se realizó en el Cpceer Paraná y contó con la exposición de funcionarios y técnicos de DIPJER y la institución anfitriona. Dos Florines Con gran convocatoria, se llevó a cabo este martes en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos (Cpceer) Delegación Paraná, una capacitación sobre el Nuevo Régimen de Simplificación Contable para Asociaciones Civiles de Entre Ríos. A sala llena y con alrededor de 200 asistentes virtuales, el encuentro permitió conocer en detalle la Resolución Conjunta 5811/2026 de la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas y Registro Público (DIPJER) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que introduce un régimen simplificado para la presentación de información contable de determinadas Entidades Sin Fines de Lucro de la provincia. La presentación estuvo a cargo de Julio Fochesatto, presidente del Cpceer, y Daniel Salomón, titular de la Delegación Paraná de la entidad. En tanto, la jornada contó con las exposiciones técnicas de Rodrigo Luti, director General de Personas Jurídicas de Entre Ríos; Julio Deu, miembro del Departamento Contable de la DIPJER; José María González, secretario Técnico del Cpceer; y María de Dios Milocco, secretaria Técnica Adjunta del Cpceer. Cabe recordar que la Resolución Conjunta nació del trabajo conjunto entre el Consejo Profesional, el organismo provincial y ARCA Regional Paraná. La misma tiene por objetivo simplificar los trámites administrativos, reducir cargas formales y adecuar las exigencias a la realidad de entidades de menor escala, sin afectar los mecanismos de control. Frente a estos cambios, la capacitación fue un ámbito oportuno para conocer los alcances de la medida y evacuar dudas al respecto. Alcances Inicialmente, por Resolución N° 2 del 16 de octubre de 2025, la DIPJER estableció un régimen de simplificación contable aplicable a las asociaciones civiles, para lo cual procedió a segmentarlas en diferentes niveles de categorías a efectos de establecer la documentación asamblearia a presentar. Para aquellas entidades consignadas en la Categoría I -radicadas en la provincia de Entre Ríos y sujetas al contralor estatal por parte del mencionado organismo, cuyos ingresos brutos anuales no superen el límite máximo correspondiente a la Categoría G del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) vigente al cierre de cada ejercicio ($40.431.000,00)-, dicha resolución dispuso la posibilidad de adherirse al aludido régimen de simplificación contable a fin de presentar, para el trámite de Asamblea General Ordinaria, la documentación contable conforme a la reglamentación conjunta que, a tal efecto, dictó ARCA. Luego, el 12 de enero de 2026 se publicó en el Boletín Oficial una Resolución Conjunta entre la DIPJER y ARCA, la cual introduce un régimen simplificado para la presentación de información contable de determinadas Entidades Sin Fines de Lucro (ESFL) de la provincia de Entre Ríos. La norma permite, de manera optativa, presentar un Informe de Recursos y Gastos en lugar de Estados Contables completos (balances), evitando exigencias como ajustes por inflación y otras formalidades propias de entidades de mayor envergadura. Se aclaró que la aplicación de este Régimen no es obligatoria, sino opcional. Las entidades que lo deseen podrán continuar presentando Estados Contables completos, conforme al régimen general vigente. Por otra parte, se informó que, conforme a los artículos 1 y 2 de la Resolución DIPJ N.º 002/2025, podrán acceder al régimen simplificado las Asociaciones Civiles cuyos ingresos del año calendario anterior no superen los valores correspondientes a la Categoría G del Monotributo. Respecto de las entidades alcanzadas en la práctica, se indicó que principalmente a clubes de barrio, cooperadoras escolares, centros de jubilados y otras asociaciones civiles de pequeña escala, diferenciándolas de entidades de mayor tamaño o complejidad. Desde la entidad valoraron que se trata de un paso significativo en la simplificación administrativa y el fortalecimiento institucional de las entidades sin fines de lucro de la provincia, ya que muchas de ellas no cuenten con los recursos económicos necesarios para solventar gastos de asistencia profesional en materia legal y contable, situación que redunda no solo en un altísimo nivel de incumplimientos en materia registral sino, principalmente, en la consecución del objeto social, sin poder dar cumplimiento al artículo 174º del Código Civil y Comercial de la Nación que consagra un régimen de fiscalización estatal permanente sobre las asociaciones civiles, en lo que refiere a su constitución, funcionamiento, disolución y liquidación.
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