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  • Con rechazo del peronismo, avanzó en comisión el proyecto para crear una Comisión Investigadora de la Deuda - Bicameral

    Parana » Bicameral

    Fecha: 10/03/2026 14:26

    La Cámara de Diputados de Entre Ríos avanzó con el proyecto de ley que dispone la creación de la Comisión Especial Investigadora de la Deuda Pública, con el objeto de realizar el "estudio y análisis del desenvolvimiento histórico de la deuda pública del Estado entrerriano, interna y externa, directa e indirecta, desde el 10 de diciembre de 1995 hasta la fecha de promulgación de la presente ley", comprendiendo sus renegociaciones, refinanciaciones, canjes, los respectivos pagos de comisiones, situaciones de incumplimiento (default) y reestructuraciones. El bloque Más Para Entre Ríos no acompañó el dictamen favorable que emitió este martes la Comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados, atendiendo a una demanda del gobernador Rogelio Frigerio, quien mencionó el tema en la apertura de sesiones: "Le pido a los legisladores que le den pronto tratamiento a este tema", dijo en su discurso. El gobernador afirmó entonces que la deuda no es mala, pero sí "que se tome para hacer supuestas deudas que no se ven", por eso pidió el tratamiento de este proyecto. Con este movimiento, la iniciativa quedará en condiciones de ser tratada en el recinto en una próxima sesión. La presidenta de la bancada justicialista, Laura Stratta, sostuvo que el peronismo no se opone a la intención de investigar, pero señaló como principal objeción ante esa iniciativa la existencia de un organismo específico como es la Contaduría General de la Provincia, que se encarga de auditar la deuda pública, y tiene cargada información referida a ese tema en su página web oficial. Igualmente el Tribunal de Cuentas realiza el control posterior en la materia. En ese sentido, Stratta remarcó que se trata de un proyecto que genera más dudas que certezas y que superpone funciones, en el marco de una comisión en la que el oficialismo va a tener siete de sus nueve integrantes, dado que el proyecto contempla que la integren tres legisladores por cada Cámara, indicando que al menos uno de ellos sea de la oposición; además de tres funcionarios designados por el Ejecutivo provincial. Igualmente, desde el justicialismo se señalaron otros aspectos del proyecto que resultan contradictorios. Por ejemplo, el recorte temporal propuesto inicialmente por el Ejecutivo, que marca el inicio de la investigación en 1995 cuando se sabe que antes de esa fecha se iniciaron muchas de las situaciones que dieron origen al endeudamiento de las provincias (transferencia de servicios educativos, pactos fiscales, merma de la coparticipación), por lo que se entiende que el análisis propuesto debería comprender al menos lo ocurrido desde 1991. También desde el justicialismo las diputadas Stratta, Andrea Zoff y Lorena Arrozogaray remarcaron que existen en la sociedad civil organismos capacitados para realizar este trabajo a los cuales no se convoca, ya que el proyecto no incluye especialistas independientes (economistas, universidades, organismos de control externo y representantes de la sociedad civil). En el mismo sentido, entre otros aspectos, desde el bloque opositor se señaló -en coincidencia con integrantes de otras bancadas- que el origen de la información con la que se debería trabajar en la Comisión Investigadora es la Contaduría, es decir el mismo organismo que resulta indirectamente cuestionado por el supuesto objetivo de creación de la Comisión de develar aspectos ocultos del endeudamiento provincial; o que no están previstas las responsabilidades de quienes integrarían la comisión investigadora. El proyecto de ley El proyecto que consignó oportunamente Bicameral ingresó en octubre del año pasado y dispone que la Comisión Especial Investigadora tendrá como objetivo central la elaboración de un informe final o dictamen que deberá ser publicado en el sitio web oficial del gobierno de la provincia. Este informe deberá contener: a) El estado y evolución histórica de la deuda pública provincial; b) Su nivel, composición, origen, destino específico (con especial atención a la diferenciación entre deuda destinada a gasto corriente y aquella orientada a inversiones productivas o estratégicas a largo plazo) y normativa aplicable, estableciendo el destino de los fondos y su correlato en la ejecución presupuestaria; c) Los flujos, variaciones e indicadores financieros que permitan evaluar su sostenibilidad; d) Cualquier otro aspecto que la Comisión considere relevante para el cumplimiento de su misión. La Comisión estará integrada por nueve miembros, que ejercerán sus cargos ad-honorem y serán designados del siguiente modo: tres senadores designados por la Honorable Cámara de Senadores; tres diputados designados por la Honorable Cámara de Diputados y tres representantes del Poder Ejecutivo Provincial, designados por el Gobernador. La Comisión elegirá de entre sus miembros un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario. Por otro lado, tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Requerir al Poder Ejecutivo Provincial, sus ministerios, organismos autárquicos y descentralizados, empresas con participación estatal o cualquier ente bajo su órbita, así como a los órganos autónomos de control y la Legislatura provincial, toda la documentación e información vinculada a operaciones de endeudamiento enumeradas en el Artículo 1° de la presente ley; b) Analizar y evaluar la legalidad, oportunidad, destino y efectos presupuestarios de los recursos provenientes del endeudamiento público; c) Elaborar un dictamen final con las conclusiones del análisis realizado; d) Adoptar cualquier otra medida dentro de su competencia que contribuya al mejor cumplimiento de los objetivos planteados en la presente Ley. La Comisión Especial Investigadora dispondrá de un plazo máximo de doce meses para cumplir sus fines y garantizará la publicidad de sus actos y el acceso público a la información, debiendo publicarse en el sitio web oficial de la provincia los avances, informes y conclusiones de su trabajo.

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