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  • Revés para Chiqui Tapia y Pablo Toviggino: la Justicia rechazó sus pedidos de nulidad en la causa por evasión - Cadena Entrerriana 96.5MHz LRS 798

    Concordia » Cadena Entrerriana

    Fecha: 09/03/2026 18:26

    Con esta decisión, el magistrado mantiene firmes las indagatorias programadas para esta semana. El 11 de marzo será el turno de Toviggino y el jueves 12, deberá presentarse Tapia. En su fallo, Amarante desestimó los argumentos de las defensas de Tapia y Toviggino, que sostuvieron que no existía delito y que se debía suspender el llamado a indagatoria por existir un recurso pendiente de resolución ante la Cámara. Amarante aseguró que la circunstancia de encontrarse pendiente de decisión ante la Alzada el recurso interpuesto contra el rechazo de la excepción de falta de acción no configura, por sí sola, un obstáculo jurídico para la continuación del trámite instructorio. Además, los cuestionamientos formulados por las defensas se sustentan en discrepancias respecto de la oportunidad y procedencia de la convocatoria a prestar declaración indagatoria, mas no evidencian una restricción efectiva del derecho de defensa ni la inobservancia de una garantía constitucional que justifique la invalidez del acto, agregó el juez en su decisión. La investigación se inició a partir de una denuncia presentada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), que actúa como querellante en el expediente. El organismo sostiene que la AFA retuvo tributos y aportes de la seguridad social sin ingresarlos al fisco dentro de los plazos legales. Concretamente, ARCA detectó retenciones impositivas y aportes a la seguridad social que no habrían sido depositados dentro del plazo legal de 30 días corridos posteriores al vencimiento. Los períodos bajo análisis van de marzo de 2024 a septiembre de 2025 e incluyen retenciones de IVA, Ganancias y contribuciones previsionales. Según la denuncia inicial, el monto no ingresado era de $7.593.903.512,23, pero luego se sumaron otros $11.759.643.331,62, llevando el total investigado a más de $19.300 millones. El ente recaudador aseguró que las maniobras encuadran en el delito de omisión por parte de un agente de retención. Los importes en cuestión no constituyen fondos propios del contribuyente, sino recursos ajenos que pertenecen al Estado desde el momento mismo de la retención, por lo que su no ingreso implica una indebida apropiación de caudales públicos, argumentó el organismo. Desde el punto de vista penal, la figura prevé penas de dos a seis años de prisión para el agente de retención que no deposite, total o parcialmente, dentro de los 30 días corridos del vencimiento, el tributo retenido o percibido, siempre que el monto no ingresado supere los $100.000 por mes. TN

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