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  • Página Judicial / Benítez alertó sobre un aumento de personas detenidas en comisarías

    Parana » Paginajudicial

    Fecha: 04/03/2026 18:29

    DERECHOS HUMANOS Benítez alertó sobre un aumento de personas detenidas en comisarías 04/03/2026 El Defensor General de Entre Ríos firmó un instructivo para todos los defensores públicos donde definió pautas de actuación respecto de las prisiones preventivas y el lugar de su cumplimiento, y les pidió que eviten la detención en dependencias policiales. De la Redacción de Página Judicial El defensor general de la provincia, Maximiliano Benítez, advirtió con preocupación sobre un aumento sostenido de personas detenidas en comisarías y alcaidías y estableció una serie de pautas de actuación para el control de prisiones preventivas. El objetivo, según dijo el jefe de los defensores públicos, es evitar privaciones de la libertad en lugares no aptos y que se verifique el estado de salud física y psicológica de las personas detenidas. Benítez firmó la Resolución Número 11/2026, fechada el 26 de febrero, donde definió pautas de actuación respecto de las prisiones preventivas y el lugar de su cumplimiento e instó a todos los defensores públicos el control de que los justiciables tengan un tratamiento igualitario en todo el territorio de la provincia y, salvo excepciones, eviten la detención en dependencias policiales. La resolución sostiene que la prisión preventiva es la medida más severa que se puede aplicar al acusado de un delito, por lo cual debe ser excepcional y por el menor tiempo posible, y Benítez afirmó que existen límites al encarcelamiento: los principios de legalidad, presunción de inocencia, necesidad y proporcionalidad. En ese sentido, remarcó que la prisión de una persona que enfrente una proceso penal se debe disponer siempre que no exista una alternativa menos gravosa para el cumplimiento de los fines u objetivos de esa medida. Tal es el caso de la prisión domiciliaria, que es más favorable a los derechos de la persona y, de ser necesario, se puede llevar a cabo con medios electrónicos de control. Sin embargo, Benítez advirtió que en la provincia se ha incrementado la utilización de estos medios, los que han demostrado ser eficaces y económicos en comparación con el costo de un interno en una unidad penal. Por otro lado, señaló a los defensores que la posibilidad de consentir el cumplimiento de la prisión preventiva en comisarías, alcaldías y/o en ámbitos no penitenciarios solo sea la excepción a la regla. Según dijo, en algunas provincias es común el alojamiento de personas en dependencias policiales, tanto de condenados como para el cumplimiento de prisión preventiva, debido a la crisis carcelaria que existe en el país, agravada en los últimos años por la existencia de una mayor prisionalización que ha incrementado el hacinamiento en las unidades penales. Benítez advirtió que en Entre Ríos se observa con preocupación un paulatino incremento de este fenómeno. En 2022, la Red de Organismos de Derechos Humanos de Entre Ríos presentó un durísimo informe sobre las condiciones de detención en comisarías y alcaldías de la provincia e hizo notar que ciertas prácticas poseen la fuerza de llevar estos centros de detención a los márgenes de la legalidad acercándolos a la clandestinidad e incluso citaron el caso de un detenido que había pasado diez días sin que se diera aviso a las defensoras oficiales o de personas privadas de la libertad durmiendo en el piso. En los considerandos de la resolución, Benítez sostuvo que las comisarías y alcaldías no son lugares apropiados para detenciones prolongadas, ya que no están preparadas para ello y carecen de garantías básicas. Citó, por ejemplo, que hay muchas comisarías que no tienen cocina y, por lo tanto, no pueden preparar comida para los detenidos, no son aptas para que reciban visitas, carecen de atención médica o psicológica; tampoco tienen baños en buenas condiciones, ventilación en las celdas y, en ocasiones, colchones. A su vez, remarcó que los funcionarios policiales, a diferencia de los penitenciarios, no están preparados para el cuidado de detenidos, como habían advertido los organismos de derechos humanos. Benítez consideró que esas detenciones implican un agravamiento de las condiciones de encierro y pueden generar consecuencias serias y agregó que en los últimos meses se produjeron varias muertes en comisarías por carecer de acceso a la salud en forma rápida y oportuna o por no haberse verificado el estado psicológico del detenido, lo que confirma que estas dependencias no son lugares adecuados para que un detenido cumpla prisión preventiva, salvo en situaciones excepcionales y previa evaluación psicológica. Ante ello, Benítez dictó una serie de pautas a los defensores públicos con la finalidad de controlar que se respeten los derechos y garantías de las personas que cumplen prisión preventiva: reafirmar la excepcionalidad de la prisión preventiva, que de dictarse debe ser por el menor tiempo posible y únicamente para el cumplimiento de su objetivo; establecer como excepción a la regla la posibilidad de consentir el cumplimiento de la prisión preventiva en comisarías, alcaldías y/o en ámbitos no penitenciarios; y para el supuesto anterior, o cuando la autoridad judicial lo resuelva, se deberá solicitar un examen de salud física y psicológica del detenido a fin de determinar si está en condiciones de afrontar este tipo de detención. Por último, los defensores con competencia penal deberán acompañar un informe a la Defensoría General cada tres meses, donde conste entre otras cuestiones el número de prisiones preventivas y el lugar de cumplimiento de las mismas.

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