04/03/2026 13:37
04/03/2026 13:37
04/03/2026 13:36
04/03/2026 13:36
04/03/2026 13:36
04/03/2026 13:36
04/03/2026 13:36
04/03/2026 13:36
04/03/2026 13:36
04/03/2026 13:36
Parana » APF
Fecha: 04/03/2026 11:48
Causa Contratos: Resuelven que fue legal la reinscripción de la inhibición general de bienes de los imputados La jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Carolina Castagno, rechazó este miércoles los recursos de apelación que presentaron las defensas de un grupo de imputados en la denominada Causa Contratos en la Legislatura. El 5 de diciembre de 2025 Fiscalía había solicitado la reinscripción de las inhibiciones generales de bienes dictada en 2019 respecto de un grupo de imputados en el legajo que investiga, desde 2018, la supuesta sustracción por parte de una presunta organización, de una millonaria suma de dinero mediante la celebración de contratos de obra en las Cámaras de Senadores y Diputados de la provincia, durante la década comprendida entre 2008 y 2018, con personas que solo prestaban su nombre a cambio de una pequeña suma que se derivaba del contrato. Este miércoles, Castagno dio un adelanto de los argumentos de su decisión para rechazar los planteos de las defensas. Así, en una detallada resolución, la jueza entendió que no hubo ninguna ilegalidad en la decisión de la jueza de Garantías de Paraná, Marina Barbagelata, cuando el 14 de diciembre de 2025 dispuso, a pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF) y con el acompañamiento del actor civil, representado por Fiscalía de Estado (FE), la toma de orden para la reinscripción de las inhibiciones generales de bienes de un grupo de imputados. Castagno entendió que Barbagelata receptó lo que informó un funcionario de la Dirección de Notariado de la provincia, que ante la solicitud de los fiscales les indicó que no correspondía una reinscripción lisa y llana sino la toma de orden para solicitar la renovación de las inhibiciones, que ya habían caducado en aquel organismo. En sus reproches, las defensas sostuvieron que el funcionario respondió que lo solicitado no se podía hacer. Fuentes judiciales señalaron que aquella aclaración no se encuentra consignada, tal como lo sostuvo Castagno, en la resolución de Barbagelata,. Castagno también consideró que la extensión de las medidas cautelares patrimoniales respecto de imputados que accedieron a Suspensiones de juicio a prueba y a las esposas de algunos de ellos, estuvo fundada en el pedido de los fiscales, que presentaron una nota depurada de algunas personas y con los argumentos requeridos, y de la misma manera se encontró fundada en la resolución de la jueza. Respecto del grupo de 13 personas que accedieron a la Suspensión del juicio a prueba se consideró que aún siguen vinculados al proceso en virtud de la salida alternativa escogida, que suspende el proceso pero recién desvincula al procesado cuando se verifica el cumplimiento de los plazos y las normas de conducta impuestas. Mientras, siguen vinculados al mismo, y su situación de agravaría en caso de comprobarse algún incumplimiento. Respecto de las esposas que fueron mencionadas en el inicio del legajo pero quedaron desvinculadas, puesto que no fueron imputadas en la remisión de la causa a juicio, se entendió que comparten los bienes que se pretende tutelar para, en caso de condena, asegurar los fines del proceso, en este caso la restitución de bienes obtenidos con fondos presuntamente ilegales. (APFDigital)
Ver noticia original