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  • Cuáles serán los beneficios para los productores del nuevo régimen de medianas inversiones

    » TN

    Fecha: 03/03/2026 16:06

    Desde la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación destacaron que, en el marco de la Ley de Modernización Laboral, el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) establece beneficios para PyMEs agroindustriales, con estímulos para la inversión productiva. El RIMI se creó para complementar el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) y se establece, en este sentido, para montos desde U$S150.000 (en micro empresas) hasta U$S9 millones (empresas medianas tramo 2). Leé también: Cerraron la Experimental AMBA del INTA y se interrumpe la asistencia en el cinturón hortícola El foco del incentivo está en inversiones productivas tales como la adquisición, elaboración y fabricación y/o importación de bienes muebles nuevos, amortizables en el impuesto a las ganancias, así como a la realización de obras afectadas a la producción. Adicionalmente, la legislación no dispone de mínimos para inversiones estratégicas en sistemas y/o equipos de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo para el sector agropecuario y en bienes semovientes. Incentivos impositivos a la inversión Para las inversiones estratégicas sin mínimo, detalladas anteriormente, se instaura un régimen de amortización acelerada en una cuota. Mientras que para bienes muebles será de 2 cuotas. También, a partir de ahora, los créditos fiscales de IVA de dichas inversiones, podrán computarse luego de tres períodos fiscales mensuales. Leé también: Fitosanitarios: el sudeste bonaerense pide reglas claras ante el avance judicial En cuanto a otros beneficios impositivos, se reduce significativamente la alícuota de IVA para la energía eléctrica utilizada en equipos de riego con destino al sector agroindustrial. Además, se genera una modificación en el sistema de valuación de hacienda para los establecimientos de invernada y/o engorde a corral. Ello aplica para la determinación del impuesto a las Ganancias, reduciendo el resultado por tenencia de cada ejercicio. Reordenamiento en el régimen de trabajo agrario Por último, se modificó la subcontratación y cesión estableciendo la relación directa con quien registre la relación laboral y limitando la responsabilidad solidaria. Al tiempo que se asegura la continuidad de contratos temporarios sucesivos y se amplía el período de prueba a 8 meses. Leé también: Los productos agroindustriales de Argentina llegan al 75% del mundo: cuáles son los principales destinos Además, quedaron eliminadas las remuneraciones mínimas, fijadas por la Comisión Nacional de Trabajo Agrario llevándolas a la ley de convenciones colectivas, incluyendo la referida al rendimiento. Por último, se estableció la compatibilidad entre trabajo rural temporario y prestaciones sociales, garantizándose así la continuidad en la percepción de asignaciones familiares, entre otros beneficios para fomentar el trabajo y adaptar la normativa laboral a las dinámicas actuales del campo, concluyó la cartera agropecuaria que dirige Serio Iraeta.

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