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  • Qué cambia con el RIMI, la iniciativa para las medianas inversiones pyme que incluyó el Gobierno en la Reforma Laboral

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 03/03/2026 12:24

    El Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) introduce una serie de beneficios fiscales para pymes que concreten nuevos proyectos productivos, con la meta de incentivar el crecimiento económico, la competitividad y la generación de empleo en Argentina. La medida forma parte de la reforma laboral recientemente aprobada e involucra a todos los sectores productivos, sin limitarse a ninguna actividad específica. El alcance nacional del régimen y su carácter multisectorial representan un cambio respecto a versiones anteriores, en las que existían propuestas orientadas a segmentos particulares como el agro. El texto del RIMI establece que podrán participar empresas que se encuentren encuadradas como micro, pequeñas o medianas, hasta el tramo 2 inclusive, según la Ley 24.467. El incentivo está disponible para sociedades constituidas en el país que realicen inversiones productivas en bienes muebles nuevos con la excepción de automóviles, obras de infraestructura, maquinaria y equipos directamente afectadas a actividades productivas. El régimen excluye expresamente las inversiones financieras, de cartera y la adquisición de bienes para reventa, remarcando el objetivo de impulsar la economía real. Para acceder a los beneficios, las empresas deben superar montos mínimos de inversión, que varían según el tamaño de la pyme. El piso se fija en USD 150.000 para microempresas, USD 600.000 para pequeñas empresas, USD 3.500.000 para medianas tramo 1 y USD 9.000.000 para medianas tramo 2. La norma busca que el esfuerzo inversor tenga impacto efectivo en la capacidad productiva y fomente la renovación tecnológica, la ampliación de la infraestructura y el desarrollo de nuevos proyectos. Entre los beneficios fiscales previstos, el RIMI habilita a las empresas a optar por amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias de los bienes incorporados. Según el texto final, la amortización puede realizarse en dos cuotas anuales iguales para bienes muebles y en cuotas anuales iguales para obras, calculadas sobre una vida útil reducida al 60%. Para ciertos bienes como equipos de riego agrícola, alta eficiencia energética, bienes semovientes y mallas antigranizo, la amortización puede realizarse en una sola cuota, aunque el alcance de este beneficio específico resultó más acotado que en los borradores iniciales. Además, el régimen permite solicitar la devolución anticipada de créditos fiscales de IVA originados en las inversiones. El plazo para la devolución se redujo a tres períodos fiscales mensuales desde el momento en que el crédito resulta computable, lo que representa una disminución del 50% frente a los plazos ordinarios vigentes. La autoridad de aplicación podrá definir un cupo anual para la devolución de créditos fiscales, de acuerdo con las pautas presupuestarias. El acceso a estos beneficios está sujeto a condiciones estrictas. No pueden participar quienes posean deudas fiscales exigibles, quienes hayan sido condenados por delitos económicos, ni quienes accedan en simultáneo a otros regímenes de incentivo para la misma inversión. También quedan excluidos los beneficiarios de programas como el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). La norma exige que los bienes incorporados permanezcan en la empresa por al menos dos años fiscales, salvo causas debidamente justificadas. El control y la fiscalización del RIMI recaen sobre la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que dictará las normas complementarias para su implementación y ejercerá las potestades sancionatorias. Si una empresa incumple los requisitos establecidos, pierde los beneficios y debe restituir los créditos fiscales y montos deducidos en Ganancias, con intereses y una multa que puede llegar al doble del beneficio utilizado. El régimen sancionatorio fijó límites y condiciones más estrictos que los que figuraban en etapas previas de debate legislativo. El texto aprobado eliminó o restringió beneficios especiales que en el borrador contemplaban exenciones automáticas para inversiones en insumos agrícolas o energéticos, y reducciones diferenciadas en el IVA para determinados equipos. Tampoco se incluyeron ventajas automáticas para exportaciones industriales ni rebajas según el rubro de la pyme. La normativa no prioriza a ningún sector sobre otro. Empresas industriales, tecnológicas, de servicios, construcción, energía y otras ramas productivas pueden solicitar la adhesión al RIMI, siempre que cumplan los requisitos formales y las condiciones de inversión previstas. Este enfoque transversal marca una diferencia respecto a las versiones iniciales, en las que existían propuestas de segmentación o privilegios sectoriales. La exclusión de empresas con antecedentes judiciales, en concurso preventivo o en quiebra, y la incompatibilidad con otros incentivos fiscales, buscan acotar el régimen a proyectos genuinos de inversión productiva y evitar solapamientos con políticas ya existentes. El plazo de dos años para la permanencia de los bienes en la empresa apunta a desalentar maniobras especulativas y asegurar el impacto real de las inversiones. La autoridad de aplicación deberá dictar la reglamentación y establecer los procedimientos para la presentación, evaluación y aprobación de los proyectos, así como los mecanismos de control posterior. El RIMI quedó configurado como un instrumento abierto, con reglas uniformes y orientado a fomentar la inversión privada en todos los sectores productivos del país.

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