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  • EDICTO: GARCIA, FABIO NICOLAS C/ PETRI, CARLA VANINA S/ .EJECUTIVO Expte. N.° 10832/25. PUBLICADO 01 Y 02 DE MARZO DE 2026 - TN24

    » tn24

    Fecha: 02/03/2026 00:02

    DRA. CACERES BEATRIZ ESTHER Juez, a cargo del Juzgado Civil y Comercial N° 11, sito en GUEMES 609, de la ciudad de Resistencia, Chaco, ha dispuesto a librar la presente a fin de que se notifiquese la parte resolutiva del DESPACHO MONITORIO emitido en autos, a la ejecutada CARLA VANINA PETRI, D.N.I. N° 31 971.004 por Edictos que se publicarán por dos (2) días en el Boletin Oficial y en un diario local de mayor circulación. LA PARTE RESOLUTIVA DEL DESPACHO MONITORIO DICE: Resistencia, 24 de septiembre de 2025.AUTOS Y VISTOS: RESUELVO: I.- LLEVAR ADELANTE la ejecución contra CARLA PETRI, D.N.I. N 31.971.004, hasta hacerse el acreedor íntegro pago de la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL ($2.646.000,00) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. .- PRESUPUESTAR la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL ($2.646.000,00) sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER a la ejecutada que dentro del quinto (5°) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del ...., bajo apercibimiento de que la presente adquirirá el carácter de sentencia, pasándose a la etapa de cumplimiento de la misma de conformidad a lo dispuesto en el art. 541 tercer párrafo de dicho cuerpo legal. IV.- IMPONER las costas a la parte ejecutada (art. 538 C.P.C.C.). V.- REGULAR los honorarios del profesional interviniente: FACUNDO LUIS CABRAL, en las sumas de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO ($275.184,00) y de PESOS CIENTO DIEZ MIL SETENTA Y CUATRO ($110.074,00), como patrocinante apoderado respectivamente, con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A., tomando como base de cálculo el capital condenado), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifiquese a Caja Forense por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. VI.- NOTIFIQUESE a la ejecutada en el domicilio real o el contractual o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida, de conformidad con el art. 530 y con las formalidades establecidas en el art. 341 del mencionado texto legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. VII.- REGISTRESE, PROTOCOLICESE. El presente documento fue firmado electrónicamente por: CACERES BEATRIZ ESTHER, DNI: 16367446, JUEZ 1RA. INSTANCI en autos caratulados GARCIA, FABIO NICOLAS C/ PETRI, CARLA VANINA S/ .EJECUTIVO Expte. N.° 10832/25. «LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA(180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS» Publicado el día Domingo 01 de marzo de 2026 19.38 hs. N° de publicación N° 447

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