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Concordia » Libre Entre Rios
Fecha: 27/02/2026 21:36
Fallo a favor del Municipio: el Superior Tribunal marca un límite a las designaciones políticas al rechazar la reincorporación de un contratado El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos revocó una polémica decisión de la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 2 de Concepción del Uruguay y falló a favor de la Municipalidad de Concordia. Al rechazar la reincorporación de un contratado que había sido pasado a planta permanente por la gestión anterior, el máximo tribunal priorizó la exigencia constitucional del concurso público por sobre los procedimientos formales de destitución, sentando un precedente vital para las finanzas y la carrera administrativa de la ciudad. El fallo y los fundamentos del Superior Tribunal En una sentencia dictada este jueves 26 de febrero de 2026, el Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al recurso de apelación de la Municipalidad de Concordia. El fallo cerró la puerta a la restitución del agente Claudio DAntonio, estableciendo que el único modo de ingreso al empleo que otorga la garantía de estabilidad propia es el que establece la Constitución Provincial, o sea, por concurso. De acuerdo al tribunal, que también se apoyó en la Ley Orgánica de Municipios (N° 10027), el ingreso al Estado exige asegurar igualdad de oportunidades y nula discriminación. Al no haber atravesado esta instancia competitiva, el demandante carecía del estatus jurídico de empleado público y, por ende, no tenía derecho a exigir su estabilidad laboral. La polémica: el choque entre el procedimiento y la legalidad de origen Para entender la magnitud de esta resolución es necesario retroceder en un conflicto de marcado tinte político-institucional. En septiembre de 2023, meses antes del recambio de gobierno, la administración saliente dictó el Decreto 1279/2023, pasando a planta permanente a funcionarios con categoría 5. En febrero de 2024, el actual intendente, Francisco Azcué, anuló dichas designaciones mediante el Decreto 213/2024, alegando que los involucrados revestían como funcionarios políticos y no habían rendido concurso alguno. DAntonio acudió a la Justicia. La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 2 de Concepción del Uruguay falló inicialmente a su favor. Su argumento no defendía la legalidad del nombramiento original, sino que cuestionaba el método del Ejecutivo actual: el tribunal de primera instancia sostuvo que el Municipio no podía revocar unilateralmente un decreto que ya había otorgado derechos adquiridos, sino que debía haber iniciado un juicio contra sí mismo (una acción de lesividad). La Municipalidad, representada por el Subsecretario de Legal y Técnica, Dr. Ignacio Del Valle, apeló inmediatamente al STJ. La defensa argumentó que obligar al Estado a mantener en planta a un funcionario ingresado a dedo mientras se espera un largo proceso judicial era sostener un acto de nulidad absoluta que, además, perjudicaba a los verdaderos empleados de carrera que esperan años por una vacante. Futuro e impacto: un respiro para el Municipio El análisis de este dictamen revela que la decisión del STJ trasciende el caso individual de DAntonio. Es, en rigor, un escudo judicial para la actual administración frente a una crisis laboral inminente. A fines de 2025, el Municipio decidió no renovar los contratos de 142 trabajadores, desatando la furia del sindicato ATE, que amenazaba con litigios que podrían haber significado un pasivo de 400 millones de pesos para las arcas de la ciudad. El gremio venía realizando asambleas y quite de colaboración. Con este fallo, el STJ clarificó las reglas del juego a futuro: no hay atajos para la estabilidad en el empleo público. Queda establecido, sin dejar precedentes favorables para futuras demandas, que cualquier nombramiento carente del debido concurso es endeble frente a la ley. Se espera que esta jurisprudencia desarticule demandas masivas y fuerce a la política local a respetar estrictamente los concursos públicos como único mecanismo legítimo de ingreso estatal.
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