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  • Goyeneche ganó la pulseada: el STJ declaró nula su destitución - 7PAGINAS

    Concordia » 7paginas

    Fecha: 27/02/2026 18:23

    El nuevo pronunciamiento se dictó en cumplimiento de lo ordenado por la Corte Suprema de Justicia de la Nacion, que en diciembre de 2024 había hecho lugar al recurso extraordinario presentado por la exfuncionaria y consideró que el proceso de jury estuvo atravesado por graves irregularidades constitucionales. La resolución del máximo tribunal provincial deja sin efecto el procedimiento desarrollado ante el Jurado de Enjuiciamiento que, en mayo de 2022, removió a Goyeneche por supuesto mal desempeño. En términos prácticos, la nulidad implica retrotraer el trámite al momento previo a la conformación del primer órgano juzgador cuestionado. Los fundamentos de la Corte La Corte nacional no se expidió sobre la responsabilidad disciplinaria de Goyeneche, pero fue categórica respecto de las reglas del proceso. Señaló que existieron vicios en la integración del órgano juzgador en sus distintas etapas y en el órgano acusador, configurando un grave menoscabo a las reglas del debido proceso y la garantía de defensa en juicio. Según el fallo, las irregularidades detectadas tenían entidad suficiente para variar la suerte de la causa y acarrear la nulidad del procedimiento. Bajo esa directriz, el STJ entrerriano debió revisar su propia intervención anterior y dictar un nuevo fallo ajustado a los parámetros constitucionales fijados por el máximo tribunal del país. La Corte cuestionó especialmente el apartamiento de todo el Ministerio Público Fiscal como órgano acusador y la designación de un fiscal ad hoc proveniente de la lista de conjueces, al considerar que esa decisión carecía de sustento normativo suficiente y afectaba la imparcialidad del proceso. Un nuevo tribunal para revisar el viejo fallo Un dato clave es que el nuevo pronunciamiento fue dictado con una integración distinta a la que había intervenido originalmente. Los vocales que habían rechazado en su momento el recurso extraordinario no podían volver a intervenir tras la revocación de la Corte. Así, el STJ se recompuso y declaró la nulidad de lo actuado con los votos de María Alejandra Abud, Marcelo Baridón, Santiago Brugo, Aranzazú Quiroga, Mauricio Mayer y Carina Nassivera. La propia sentencia recuerda que las decisiones de la Corte son moralmente vinculantes para todos los jueces y tribunales del país, especialmente cuando interpretan derechos y garantías constitucionales. El trasfondo político y judicial El caso Goyeneche estuvo atravesado desde el inicio por fuertes tensiones políticas. La exfiscal encabezó las investigaciones por corrupción más relevantes de la última década en la provincia, entre ellas la causa que terminó con la condena del exgobernador Sergio Urribarri. Su destitución fue interpretada por amplios sectores judiciales y académicos como un mensaje disciplinador hacia quienes investigan al poder político. La nulidad ahora declarada no resuelve el fondo de la cuestión, pero establece un límite claro: aun en un juicio político, las garantías constitucionales no son optativas. Situación actual y efectos económicos En paralelo, el Procurador General Jorge García dispuso, mediante resoluciones administrativas, la reposición de Goyeneche en su cargo aunque con funciones suspendidas hasta el nuevo pronunciamiento del STJ, y habilitó la continuidad del cálculo y liquidación de haberes y retroactivos impagos, una vez que la interesada formalice el reclamo correspondiente. El camino que sigue no está exento de complejidad. El expediente deberá continuar bajo una nueva integración que respete las pautas fijadas por la Corte. Lo que ya quedó establecido es que el proceso que culminó con la destitución de 2022 fue jurídicamente invalidado por defectos estructurales. La disputa, lejos de cerrarse, abre un nuevo capítulo en uno de los casos institucionales más sensibles de los últimos años en Entre Ríos. Con información de Entre Ríos Ahora y Analisis Redaccion de 7Paginas

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