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Concordia » Cadena Entrerriana
Fecha: 27/02/2026 17:10
La extracción de árboles realizada sin la debida autorización municipal en la intersección de las calles 1.º de Mayo y Rivadavia constituye una clara violación a la Ordenanza N.º 29.294, normativa vigente que protege el arbolado público y que establece, en su artículo 27 y concordantes, las sanciones correspondientes para este tipo de acciones. Asimismo, dicha intervención se encuentra en contravención con el Código de Ordenamiento Urbano y Territorial (COUT), cuyo apartado 9.4.4 declara a la calle 1.º de Mayo, desde Entre Ríos hasta Colón, como corredor protegido por su valor patrimonial, resguardando la totalidad de sus componentes urbanos. En este marco, el secretario de Servicios Públicos, Alejandro López, remarcó que el arbolado urbano no solo forma parte del patrimonio ambiental y paisajístico de la ciudad. Su preservación no es únicamente una obligación legal, sino también un compromiso colectivo con el desarrollo sostenible y con la identidad urbana. El funcionario destacó además que el arbolado en las ciudades aporta múltiples beneficios: mejora la calidad del aire, regula la temperatura, contribuye a la biodiversidad y jerarquiza el espacio público. También cumple un rol fundamental en la disminución del ruido urbano, la gestión del agua de lluvia y el aumento del valor inmobiliario. Desde la Secretaría de Servicios Públicos se reafirma el compromiso de la gestión con la protección del arbolado público y se recuerda a la comunidad la importancia de respetar la normativa vigente, a fin de preservar un patrimonio ambiental y urbano que pertenece a todos los vecinos. compartir
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