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Concordia » Despertar Entrerriano
Fecha: 27/02/2026 07:17
Después de cuatro horas de debate, el Senado dio media sanción a la modificación en general a la Ley de Glaciares (26.639) por 40 votos a favor, 31 en contra y 1 abstención. La Libertad Avanza contó con el apoyo de los aliados radicales, del Pro, provinciales y también integrantes del peronismo que responden a provincias mineras: el sanjuanino Sergio Uñac y la catamarqueña Lucía Corpacci. Entre los 31 votos negativos estuvieron Andrea Cristina y Victoria Huala del Pro; Maximiliano Abad y Daniel Kroneberger de la Unión Cívica Radical; Natalia Gadano y José María Carambia de Moveré por Santa Cruz; la chubutense Edith Terenzi; la cordobesa Alejandra Vigo; 19 integrantes del bloque Justicialista; los dos santiagueños del Frente Cívico; y los de Justicia Social Federal. La única abstención fue de la neuquina Julieta Corroza. Una vez aprobada la norma, se inició el debate en particular, que incluiría las múltiples modificaciones acordadas a puertas cerradas, y que desataron una fuerte polémica en el recinto cuando pasadas las 15.30 desde el bloque de José Mayans salieron a alertar sobre esos cambios de los que recién se estaban anoticiando a través de un papel que habían recibido todos los legisladores durante la exposición de los miembros informantes que, dicho sea de paso, no habían aludido a dichas modificaciones. Según consignó el sitio Parlamentario, la jornada comenzó temprano con la detención de 12 activistas de Greenpeace, quienes saltaron las rejas e irrumpieron en las escalinatas del Congreso de la Nación en protesta contra la norma impulsada por el Gobierno. Los activistas realizaron una puesta en escena simbólica en detrimento de la modificación a la Ley de Glaciares. Los puntos del proyecto Este proyecto que modifica a la Ley 26.639 redefine el artículo 1° para precisar el objeto de protección: los glaciares y geoformas del ambiente periglacial que cumplan funciones hídricas, ya sea como reservas estratégicas o como proveedores de agua para la recarga de cuencas. También incorpora una pauta interpretativa que subordina la aplicación de la ley al criterio constitucional de uso racional de los recursos naturales consagrado en el artículo 41. La norma fue redactada por el Consejo de Mayo y propone, además, la incorporación del principio precautorio: todo glaciar o geoforma incluido en el Inventario Nacional de Glaciares se considerará protegido hasta que la autoridad ambiental competente verifique que carece de funciones hídricas. Esa verificación dependerá exclusivamente de cada provincia, cuya información deberá ser transmitida al IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales) para actualizar el inventario. También hay cambios en el régimen de prohibiciones que se aplicarán únicamente sobre los glaciares y geoformas identificados como portadores de funciones hídricas por la autoridad ambiental local. Entre las actividades no permitidas se mantienen la explotación minera e hidrocarburífera, la instalación industrial y el desarrollo de obras que alteren de manera relevante la condición natural del glaciar o su función hídrica. El texto faculta a las provincias a que determinen, mediante evaluación de impacto ambiental, si un proyecto implica una alteración relevante y, por lo tanto, si no puede autorizarse. Otras de las modificaciones es la exigencia de evaluación de impacto ambiental previa para toda actividad proyectada en glaciares o ambiente periglacial, y habilita evaluaciones estratégicas cuando la escala lo amerite. Se exceptúan únicamente actividades de rescate, científicas no invasivas y deportivas no motorizadas. Por último, redefine el rol del IANIGLA, que continuará a cargo del Inventario Nacional de Glaciares, pero sujeto a un flujo permanente de información desde las provincias. El Gobierno señala que, a quince años de vigencia de la ley, solo se completó el nivel 1 del Inventario y que aún resta determinar la función hídrica efectiva de las geoformas relevadas. Fuente: Análisis
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