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Crespo » Estacion Plus
Fecha: 19/02/2026 14:43
El Poder Ejecutivo Provincial formalizó, mediante la publicación en el Boletín Oficial Nº 28.278, el Decreto DTO-2026-338-E-GER-GOB, que amplía el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario para el sector citrícola del Departamento Federación. La normativa busca dar respuesta urgente a los graves daños registrados en las zonas de Santa Ana y Colonia Ensanche Sauce tras eventos climáticos extremos. Impacto climático y pérdidas productivas La medida surge tras evaluar los efectos del fenómeno meteorológico ocurrido el 3 de septiembre de 2025. Según los informes técnicos de la Agencia de Extensión Rural INTA Chajarí y la Dirección de Agricultura, se constataron pérdidas superiores al 50% en fruta madura, afectando principalmente los cultivos de mandarinas y naranjas en estado de maduración avanzada. El decreto subraya que este nuevo evento fue un hecho extraordinario de granizo y viento, cuya ocurrencia resultó imprevisible e inevitable, lo que terminó por comprometer seriamente la producción comercializable de la región en el Distrito Mandisoví Detalles de la normativa Debido a que el plazo original de asistencia (establecido en un decreto previo de 2025) ya había vencido, el gobernador Rogelio Frigerio resolvió habilitar una extensión excepcional. La norma establece: "Incorpórase al régimen de Emergencia y/o Desastre Agropecuario declarado mediante Decreto DTO-2025-2522-GER-GOB el evento climático de granizo y viento ocurrido el día 3 de septiembre de 2025, que afectó las explotaciones citrícolas ubicadas en Colonia Ensanche Sauce, Santa Ana y zonas aledañas". Asimismo, el documento aclara que la intención técnica de la Comisión Provincial de Emergencia es unificar ambos eventos climáticos (el de mayo y el de septiembre de 2025) bajo un mismo esquema de asistencia para simplificar los procesos administrativos y legales. Plazos para productores Para que los damnificados puedan acceder a los beneficios fiscales previstos en la Ley N° 10.836, dispone:"Habilítase en carácter excepcional un nuevo período para la presentación de declaraciones juradas por parte de los productores afectados por el evento incorporado [...] el cual se extenderá desde la entrada en vigencia del presente Decreto y por el plazo de 30 días corridos". Tras la publicación en el Boletín Oficial, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca contará con un plazo de 90 días para remitir a la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) el listado oficial de los certificados emitidos, garantizando así el alivio impositivo para los productores alcanzados, consignó APFDigital.
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