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Parana » Radio La Voz
Fecha: 19/02/2026 10:00
El Gobierno nacional prorrogó por un año el plazo de adhesión al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI), incorporando nuevas actividades comprendidas en el sector de petróleo y gas, mediante el Decreto 105/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial. La medida había sido anticipada en el final del miércoles por el ministro de Economía, Luis Caputo, en su cuenta oficial de X, al precisar que prorrogamos por 1 año el RIGI y lo mejoramos para hacerlo más claro y eficiente. En ese sentido, el funcionario puntualizó que incorporamos nuevos desarrollos en petróleo y gas con un piso de inversión de US$600 millones y ordenamos la reglamentación para facilitar la implementación y dar mayor previsibilidad. Al destacar el éxito del régimen desde su implementación, remarcó que ya hay 10 proyectos aprobados por US$25.479 millones y muchos más en evaluación, señalando que el RIGI ha sido fundamental y afirmando que cuando hay reglas claras, las inversiones llegan. De esta manera, las empresas que deseen adherirse al RIGI, accediendo a los beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios, tendrán tiempo hasta el 8 de julio de 2027, cuando inicialmente el plazo vencía este año. El Ejecutivo indicó que la prorroga responde al objetivo de acompañar la estructuración y la decisión de proyectos de gran escala que, por su naturaleza, requieren plazos de maduración más extensos. El Decreto que formalizó la extensión del periodo de adhesión también incorporó entre las actividades comprendidas en el sector de petróleo y gas, la explotación y producción de nuevos desarrollos de hidrocarburos líquidos y gaseosos costa adentro, fijando un monto mínimo de inversión de US$600 millones en activos computables. A su vez, con respecto a las actividades costa afuera, alineó el monto mínimo de inversión del subsector exploratorio y productivo al umbral de US$200 millones, en atención al perfil de riesgo, intensidad de capital y horizonte temporal propios de la exploración costa afuera, en términos consistentes con los criterios previstos para otros sectores estratégicos comprendidos en el RIGI. En paralelo, la normativa ordena y vuelve más simple la implementación del régimen. Por un lado, actualiza definiciones para dejar en claro qué tipo de proyectos califican, evitando interpretaciones ambiguas y asegurando que los beneficios se apliquen a inversiones nuevas y significativas. Por otro lado, redefine el concepto de nuevo producto, para incorporar las particularidades del sector tecnológico que se caracteriza por tener productos cuya vida útil suele ser breve y donde los cambios no siempre se manifiestan en la forma de mayores volúmenes de producción. Asimismo, establece reglas más claras para que empresas que ya operan en la Argentina puedan adherir ampliaciones relevantes, garantizando que los incentivos apliquen a esa nueva inversión y no a operaciones preexistentes, y reforzando mecanismos de separación y trazabilidad cuando conviven distintas actividades dentro de una misma estructura empresarial, según aportaron desde la cartera económica. Al mismo tiempo, remarcaron que la norma también mejora la operatividad vinculada a proveedores e importaciones asociadas a los proyectos, clarificando qué bienes pueden importarse, qué uso deben tener y qué documentación se exige, fortaleciendo la trazabilidad y el control y agregaron que además ordena procedimientos de evaluación y aspectos administrativos para dar mayor previsibilidad y reducir discrecionalidad. Entre los beneficios que otorga el RIGI están la baja en la tasa del Impuesto a las Ganancias del 35% al 25%, la exención del pago de derechos de exportación, la posibilidad de deducir el IVA desde la etapa previa al inicio de operaciones y la habilitación para resolver controversias legales a través de mecanismos de arbitraje internacional.
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