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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 13/02/2026 10:24
Tras la reciente aprobación en la Cámara Alta del proyecto de Modernización Laboral, uno de los puntos que genera más dudas y debates es la implementación del banco de horas. ¿Se dejan de pagar los adicionales por jornada extendida? Los detalles de un cambio clave en la relación empleador-empleado La reforma laboral impulsada por el Ejecutivo ha dado un paso decisivo en el Congreso. Mientras el texto se encamina a la Cámara de Diputados, los trabajadores y las empresas comienzan a analizar la letra chica de una de las modificaciones más disruptivas: la creación del banco de horas, un mecanismo que promete flexibilizar la jornada laboral, pero que enciende alarmas sobre el futuro de los ingresos adicionales. ¿Qué es el banco de horas? Hasta ahora, cualquier minuto trabajado por encima de las 8 horas diarias o 48 semanales debía abonarse con un recargo del 50% (días hábiles) o del 100% (fines de semana y feriados). Con la nueva normativa, se habilita la posibilidad de que esas horas en exceso no se paguen en efectivo, sino que se almacenen en un pozo individual. Este sistema permite que el excedente de tiempo trabajado en días de alta demanda sea compensado con francos o jornadas más cortas en momentos de menor actividad. Según el texto aprobado, la jornada diaria podría extenderse hasta un máximo de 12 horas, siempre y cuando se respete el descanso mínimo de 12 horas entre jornadas. ¿Qué dice el texto con media sanción? Así quedó volcado en el proyecto que superó el Senado: Artículo 197 bis- El empleador y el trabajador podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extraordinarias de trabajo, el cual deberá formalizarse por escrito, consignando la naturaleza voluntaria de la prestación de horas extras y sus límites, especificando el modo de funcionamiento del sistema y estableciendo un método fehaciente de control que permita a ambas partes registrar las horas efectivamente trabajadas y las horas disponibles para su goce por parte del trabajador. A tal efecto, se podrá disponer de un régimen de horas extras, banco de horas, francos compensatorios, entre otros institutos relativos a la jornada laboral. Dicho régimen, que podrá igualmente ser pactado por el empleador con la representación sindical en la empresa, deberá respetar los descansos mínimos legales, asegurando en todo momento la protección, beneficio e interés del trabajador. ¿Se terminan las horas extra? No desaparecen por completo, pero dejan de ser la única opción. La reforma establece que el banco de horas es una alternativa al pago tradicional. - Acuerdo mutuo: El sistema no puede aplicarse de manera arbitraria. Debe ser pactado por escrito entre el empleador y el trabajador, o mediante convenios colectivos por empresa. - Voluntariedad: Según especialistas, el consentimiento del trabajador es indispensable para ingresar a este esquema de compensación por tiempo. - El impacto en el bolsillo: Los sectores críticos advierten que, en la práctica, esto podría significar una reducción del salario real para quienes dependen de las horas extra para llegar a fin de mes, ya que el beneficio se percibiría en tiempo libre y no en dinero. Flexibilidad vs. Precarización Para el oficialismo y las cámaras empresarias, esta medida otorga una previsibilidad de costos vital para sectores estacionales como el comercio, el turismo o la logística. Se busca adaptar el trabajo a los picos de producción sin que eso implique un costo financiero asfixiante para las PyMEs, señalaron fuentes legislativas durante el debate. Por el contrario, desde los gremios sostienen que la asimetría de poder entre la empresa y el empleado podría forzar a aceptar estos esquemas bajo presión. Además, remarcan que el control de las horas acumuladas será un desafío logístico que podría derivar en abusos si no hay una fiscalización estricta. Otros puntos clave de la reforma vinculados a la jornada: - Vacaciones flexibles: Se permitirá el fraccionamiento de la licencia anual en períodos mínimos de 7 días. - Salario por rendimiento: Se abre la puerta a que los sueldos se calculen de manera dinámica, atados a objetivos de productividad. - Indemnizaciones: En caso de despidos, las PyMEs podrán pagar la compensación en hasta 12 cuotas, y las grandes empresas en 6. Con la media sanción del Senado bajo el brazo, el debate se traslada ahora a la sociedad y a las oficinas de recursos humanos, donde la pregunta ya no es si el sistema cambiará, sino qué tan rápido los trabajadores se adaptarán a la idea de que su tiempo, en lugar de valer plata, ahora vale más tiempo.
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