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Parana » APF
Fecha: 12/02/2026 18:38
Comunicado de los defensores públicos del país sobre el proyecto de modificación del Régimen Penal Juvenil El Consejo Federal de Defensores y Asesores Generales de la República Argentina y la Asociación Civil de la Defensa Pública de la República Argentina (Adepra) manifestaron su profunda preocupación ante el proyecto de ley de modificación del Régimen Penal Juvenil impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional. Mediante un comunicado, ambas entidades solicitaron a las autoridades legislativas y del Poder Ejecutivo que desistan de avanzar con el mencionado proyecto, a la vez que impulsen un debate serio, participativo y respetuoso de los compromisos internacionales asumidos por Argentina en materia de derechos de la infancia. En ese marco, recordaron que los defensores/as públicos/as tienen la misión constitucional de asegurar la protección efectiva de los niños, niñas y adolescentes en concordancia con los estándares internacionales y los instrumentos y principios universalmente reconocidos. En ese sentido, el Comité de los Derechos del Niño recomendó en 2018 la modificación del Régimen Penal Juvenil para promover medidas no judiciales, enfatizando que no se deben incrementar las penas de los delitos ni reducir la edad de responsabilidad penal. El comunicado completo: El Consejo Federal de Defensores y Asesores Generales de la República Argentina y la Asociación Civil dela Defensa Pública de la República Argentina (Adepra) manifiestan su profunda preocupación ante el Proyecto de Ley de Modificación al Régimen Penal Juvenil presentado recientemente por el Poder Ejecutivo Nacional al Honorable Congreso de la Nación. Cabe destacar que entre las misiones que tenemos como Defensores/as Públicos/as, se encuentra la misión constitucional de asegurar la protección efectiva de los niños, niñas y adolescentes en concordancia con los estándares internacionales y los instrumentos y principios universalmente reconocidos. En relación con ello, el Comité de los Derechos del Niño (NU) en su informe de 2018 recomendó la modificación de nuestro régimen penal juvenil por uno compatible con la CDN, enfatizando que no se deben incrementar las penas de los delitos ni reducir la edad de responsabilidad penal y que se deben promover medidas no judiciales. Por su parte, el art. 19 de la Convención Americana de Derechos Humanos, establece que los Estados miembros tienen una obligación reforzada de protección a la niñez derivada de su particular situación evolutiva. Asimismo, el art. 37 b) de la CDN establece que la privación de libertad se utilizará como medida de último recurso y por el período más breve que proceda.Esta protección especial que se establece para la niñez y adolescencia no es arbitraria, toda vez que científicamente está demostrado que el lóbulo frontal no alcanza la madurez hasta después de los 20 años (Revista de la Asociación Psiquiatria Argentina - sinopsis 70 diciembre 2025. Ezequiel Mercurio, pág. 47), y es el encargado del autocontrol, la toma de decisiones, el desarrollo abstracto y la anticipación de las consecuencias (Revista de la Asociación Psiquiatría Argentina sinopsis 70 diciembre 2025. Melina Gutiérrez, pág. 39); es decir, los niños, niñas y adolescentes no son adultos en pequeños sino seres humanos que se encuentran en desarrollo, razón por la cual no se puede legítimamente pretender que los mismos, tengan mismas penas o responsabilidades que los adultos. Esta verdad científica es reconocida en numerosos fallos en todo el mundo. La Corte Suprema de Justicia de la Nación lo reconoció en el caso "Mendoza" y la Corte de EEUU en los casos "Paper", "Miller" y "Graham." La baja de edad es inútil, innecesaria y perjudicial. Además de Inconstitucional.- En este marco, sostenemos que la baja de la edad de punibilidad es inútil e innecesario, ya que es infimo el número de delitos cometidos por personas menores de 18 años y más insignificante aún los cometidas por menores de 16 años. Corresponde mencionar, por otra parte, que la mayoría de los delitos que involucran a los adolescentes en nuestro país se refieren a delitos contra la propiedad (robos y hurtos), siendo más insignificante aún en esa franja etaria delitos graves como el homicidio. Por otro lado, es de destacar, que casi el 90% de los delitos cometidos por adolescentes se concentran en Santa Fe, Buenos Aires, Córdoba y CABA, siendo una realidad totalmente diferente en el resto del país. Por último, afirmamos que el proyecto es perjudicial porque está comprobado que la privación de libertad afecta el desarrollo emocional del adolescente y que el contexto carcelario favorece a una dinámica de violencia, reproducción de traumas y consolidación de identidades negativas. Si bien en varios países de la región las edades de punibilidad resultan ser inferiores a la Ley Argentina; no es menos cierto que ello no ha significado la disminución del delito; por el contrario, a pesar de la baja edad, el delito en ellos sigue aumentado. Argentina tiene un índice de homicidios de 3,7 cada 100.000 habitantes, con una edad de punibilidad de 16 años, mientras Paraguay tiene una edad de responsabilidad penal de 14 años y un Índice de homicidios cada 100.000 habitantes de 6,2; Uruguay tienen una edad de responsabilidad penal de 13 años y un índice de homicidio del 10,07; México una edad de 12 y un índice del 22,6; Brasil una edad de 12 y un índice del 23,01 cada 100.000 habitantes. Ello demuestra que la baja de edad de punibilidad no garantiza mayor seguridad.El proyecto de ley en cuestión habilita (art. 28/31) el alojamiento de niños, niñas y adolescentes en cárceles comunes, lo que es además de regresivo e inconstitucional, contradictorio con la realidad existente. Actualmente Argentina detenta el mayor índice de prisionalización (cantidad de presos) de la historia de nuestro país y en la gran mayoría de las unidades penales existe hacinamiento, las mismas son vetustas y no están preparadas para cumplir con la finalidad de la pena en el supuesto de presos mayores de edad, mucho menos lo están para alojar niños y adolescentes. Sin embargo, ello no significa que con los no punibles nada se pueda hacer Por el contrario, sostenemos que el Estado tiene la obligación de dar respuestas a la víctima y a la sociedad a fin de acompañarlos y agotar los recursos para que los hechos graves no se repitan nuevamente. Por otro lado, debe hacer un seguimiento a los autores de estos hechos, orientarlos como forma de prevenir y atender las causas que dieron lugar al delito, pero ello se debe hacer desde un ámbito no penal, desde el ámbito del derecho de familia o desde otro lugar que no implique perjudicar a las niñeces, a la víctima y a la sociedad. Se debe centralizar en los organismos de protección de derechos. Si una de las causas esbozadas es la drogadicción o bien la utilización de niños, niñas y adolescentes en estructuras y organizaciones criminales, se debe abordar ese flagelo y no pretender resolver la cuestión, mediante la baja de la edad de punibilidad En definitiva, si la intención de este proyecto es mejorar la seguridad ciudadana, los recursos existentes (siempre escasos) se deben volcar a los sistemas de protección, a la prevención, al acompañamiento a las víctimas y no en hacer nuevas cárceles, como así también a abordar las verdaderas causas sociales del problema. El Estado tiene obligación de protección a las infancias y este proyecto sin dudas no cumple con ese cometido. Por ello solicitamos, en función de que no existe ninguna "urgencia" que se analicen otros proyectos que tienen o han tenido trámite parlamentario y que se pueden integrar con el presente. Es imperioso que se consulte con especialistas y operadores del sistema, en función de la importancia y transcendencia social de la temática, no existen razones que justifiquen un tratamiento apresurado. Por todo lo expuesto, el Consejo Federal de Defensores y Asesores Generales de la República Argentina y la Asociación Civil de la Defensa Pública de la República Argentina (Adepra) solicitan a las autoridades legislativas y del Poder Ejecutivo Nacional que desistan de avanzar con este proyecto deley, e impulsen un debate serio, participativo y respetuoso de los compromisos internacionales asumidos por nuestra país en materia de derechos de la infancia, concluye el comunicado. (APFDigital)
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