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  • La justicia le ordenó al gobierno que le vuelva a pagar a Cristina Kirchner la pensión por viudez

    » Clarin

    Fecha: 12/02/2026 15:24

    La Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó este jueves que la ex presidenta de la Nación Cristina Kirchner vuelva a cobrar la pensión por viudez por el fallecimiento del ex presidente Néstor Kirchner que había sido suspendida por el gobierno nacional de Javier Milei por su condena en la causa Vialidad. El tribunal sostuvo que esa jubilación priva a Cristina Kirchner "de ingresos de naturaleza alimentaria" que la pone en una "situación de desprotección". Así, el tribunal suspendió la resolución de ANSES que le quitó la pensión "mientras dure la sustanciación del presente juicio" En noviembre de 2024, el gobierno nacional dio de baja la jubilación de Cristina Kirchner como ex presidenta y la pensión por viudez de Néstor Kirchner. Por ambas asignaciones la ex mandataria cobraba 21 millones de pesos brutos por mes. El motivo de la decisión fue el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que había confirmado la condena de Cristina Kirchner en la causa Vialidad a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. El año pasado eso fue ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la ex presidenta cumple la condena en prisión domiciliaria. El gobierno alegó que las jubilaciones a los ex presidentes se otorgan por la ley 24.018 como contraprestación al honor, el mérito y el buen desempeño en el cargo, lo que es contrario a la condena penal que recibió. La ex mandataria inició una causa judicial para que se anule la decisión de la ANSES y le vuelvan a pagar la pensión por viudez. Explicó a través de sus abogados que la ley establece que esas jubilaciones solo se pueden revocar en caso de juicio político, lo que no ocurrió en su caso. Antes que se resuelva el reclamo, la ex presidenta solicitó una medida cautelar para que de manera inmediata vuelva a cobrar la pensión porque sus abogados señalaron que es "el único ingreso que le permite subsistir ya que por su condena y otras causas penales tiene sus bienes inhibidos. En primera instancia, la jueza federal de la Seguridad Social Karina Alonso Candis no aceptó el pedido de medida cautelar porque "la cuestión planteada requiere un mayor análisis y prueba". La defensa apeló y ahora la Cámara Federal de la Seguridad le dio la razón. Los jueces de la Sala III, Sebastián Russo y Juan Fantini Albarenque, señalaron que "corresponde otorgar prevalencia al carácter alimentario del derecho cuya tutela se persigue y a la situación de desprotección en la que queda colocada" la ex presidenta. "El acto administrativo cuestionado no exhibe, en esta etapa inicial, un nexo causal claro y suficiente entre los motivos invocados y la baja del beneficio de pensión cuya rehabilitación se pretende, máxime cuando la actora (Nda: Cristina Kirchner) percibía prestaciones de distinta naturaleza jurídica en su origen, que habrían sido analizadas de manera conjunta", señalaron los camaristas sobre el argumento de la condena penal. Sobre ese punto aclararon que "deberá ser objeto de un examen más detenido al momento de resolver el fondo de la controversia y luego de producida la prueba respectiva". La Cámara también señaló que la pensión es un ingreso de carácter alimentario que "resulta idónea para generar un perjuicio actual y de difícil reparación ulterior" si continúa sin percibirlo. Sobre la firma Newsletter Clarín

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