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Concordia » Despertar Entrerriano
Fecha: 12/02/2026 06:17
Juicio por explotación laboral: condenaron al dueño y al capataz de campo en Puerto Yeruá El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó a Yamil Ale Abdala y Sandro de la Cruz Vázquez, acusados de trata de personas con fines de explotación laboral en perjuicio de cinco trabajadores oriundos de Misiones. El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó este miércoles, a Yamil Ale Abdala y Sandro de la Cruz Vázquez, acusados de trata de personas con fines de explotación laboral en perjuicio de cinco trabajadores oriundos de Misiones. Los hechos ocurrieron en un campo ubicado en Puerto Yeruá, en cercanías de Calabacillas, departamento Concordia, y fueron detectados tras una inspección de organismos estatales, que puso fin a la situación de explotación. El debate se llevó a cabo ante el Tribunal presidido por la jueza Noemí Berros. La acusación fue sostenida por el fiscal general José Ignacio Candioti, quien atribuyó a Abdala (dueño del campo ubicado en Puerto Yeruá, cerca de Calabacillas, departamento Concordia) y a De la Cruz Vázquez (capataz del predio) haber captado, trasladado y acogido a cinco hombres mayores de edad identificados como O.A.M., D.A.M., P.R.M., F.O.M. y D.S.M.D.B., provenientes de Irigoyen y Eldorado, Misiones. Las condenas El fiscal Federal, José Ignacio Candiotti, explicó que los jueces impusieron ocho años de prisión efectiva a Abdala, propietario del establecimiento rural, tal como habíamos solicitado, señaló tras la sentencia y agregó que también se impusieron tres años de prisión de cumplimiento condicional al capataz del campo, De la Cruz Vázquez, considerado partícipe secundario. Además, hicieron lugar al pedido de la fiscalía por una reparación económica para las víctimas, la cual consta de un monto total superior a los 11 millones de pesos. Gran cantidad de prueba Consideramos que el delito estaba absolutamente probado, que existía un material cargoso importante, tanto de prueba documental como de prueba testimonial que se rindió en las sucesivas audiencias que hubo en el debate, remarcó Candiotti al dialogar con este medio. El fiscal adjunto, Juan Podhainy, dijo a Elonce que las víctimas son personas migrantes, que es una de las condiciones que marca la situación de vulnerabilidad preexistente que tenían estos cinco trabajadores que fueron captados, trasladados, acogidos y explotados en el lugar, en esta explotación maderera de Puerto Yeruá. Condiciones indignas El fiscal adjunto señaló a Elonce que el personal de AFIP y del Ministerio de Trabajo, que también inspeccionó el lugar, detalló en el juicio, las condiciones edilicias en las cuales estaba el lugar. Había piso de tierra, dijeron que las chozas las habían construido ellos mismos con material que les fue suministrado en el lugar. Era todo de madera. No tenían gas, no tenían cocina, no tenían sanitario, no tenían luz eléctrica, era una condición infrahumana y eso fue debidamente constatado y asentado en las actas labradas, recordó Podhainy. De acuerdo a la acusación formulada por el fiscal general Candioti, como parte del engaño, Sandro de la Cruz Vázquez envió a los trabajadores una fotografía de un predio rural desmalezado, que no se correspondía con el lugar real de trabajo, ya que pertenecía a otro campo en buenas condiciones. Una vez en el predio, las cinco víctimas fueron sometidas a trabajos forestales y de desmonte en condiciones de extrema precarización y aislamiento. Además de las tareas propias para las que habían sido contratadas, debieron realizar labores de limpieza previa que no habían sido ofrecidas ni abonadas. Las actividades se desarrollaban en jornadas extensas, de lunes a lunes, y en un contexto de control y dependencia absoluta. Con la sentencia, el Tribunal dio por acreditada la responsabilidad penal de los acusados y reconoció el derecho de los trabajadores a ser indemnizados por los daños sufridos, fijando también, una reparación que supera los 11 millones de pesos. Fuente: El Once
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