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Parana » Informe Digital
Fecha: 10/02/2026 16:47
El defensor General de Entre Ríos, Maximiliano Benítez, se pronunció en contra de la modificación de la Ley Penal Juvenil tal como la propone el Poder Ejecutivo Nacional en el Congreso de la Nación. Benítez explicó por qué, a su juicio, Argentina no necesita bajar la edad de punibilidad y señaló que hacerlo sería perjudicial y contradeciría tratados internacionales con rango constitucional que obligan al Estado a proteger a niños, niñas y adolescentes. Subrayó además que la participación de menores en delitos es estadísticamente mínima y que la respuesta no debe ser penal, sino preventiva y orientada a abordar las causas del fenómeno. La baja de la edad es inútil, innecesaria y perjudicial. Además, es inconstitucional, enfatizó Benítez. Recordó que no es la primera vez que se intenta reducir la edad de punibilidad y que siempre han seguido las recomendaciones de organismos internacionales y los hechos que se observan diariamente en todas las provincias argentinas. Si bien el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas dice que hay que modificar la Ley Penal Juvenil, con lo cual nosotros estamos de acuerdo porque la ley 22.278 viene de la época de la dictadura militar, a su vez dice que al modificarla no se debe incrementar las penas ni se debe bajar la edad de punibilidad, dos cuestiones que se pretende hacer con este proyecto de ley, agregó. En cuanto a los argumentos fácticos, planteó: Estamos en un momento muy especial en Argentina, donde los delitos cometidos por los niños, niñas y adolescentes viene disminuyendo desde hace muchísimos años. En general, ha disminuido el delito en Argentina: en 2001-2002 estábamos con una tasa de homicidios de aproximadamente 9 o 10 cada 100.000 habitantes y ahora estamos en una tasa de 3,7. Y en Entre Ríos tenemos una tasa menor que la media nacional, de 2,33 homicidios cada 100.00 habitantes. Benítez añadió que es ínfimo el número de delitos cometidos por menores de 18 años y más insignificante aún los cometidos por menores de 16. Reconoció que es cierto lo que dice el gobierno, que hay países en la región que tienen una edad menor que Argentina, como Paraguay, Uruguay, Brasil. Pero todos esos países tienen índices de delitos mucho mayores que nosotros y no ha disminuido la participación de los niños y adolescentes. Justamente, esos son los casos que nos dan la razón de que la privación de la libertad no hace más que profundizar la violencia. Detalló ejemplos comparativos: Uruguay, con una edad de punibilidad de 13 años, tiene más de 10 homicidios cada 100.000 habitantes; Brasil y México, con una edad de 12, registran 23 y 22 respectivamente; y Paraguay, con una edad de 14, muestra 6,2. Respuestas alternativas Sobre el rol del Estado frente a los jóvenes que cometen delitos, el defensor planteó: El hecho de que una persona sea no punible, no quiere decir que se vaya a la casa y que no pase más nada. Tenemos que ver las razones por las cuales ese niño cometió ese hecho, tenemos que acompañar a las víctimas, pero no tenemos que desproteger al autor. Por ejemplo, si el delito está relacionado con el consumo de estupefacientes, se debe tratar esa problemática, si es necesario, en un lugar de recuperación de adictos. No es ninguna solución que vaya a la cárcel, sino que eso empeora las cosas. El Estado debe intervenir, lo que nosotros sostenemos es que la intervención no es desde el Derecho Penal y que el lugar de detención no es una cárcel de mayores; sino que el lugar de detención y el tratamiento deben ser otros, añadió. Señaló además que actualmente en el país existe una crisis carcelaria seria, con el mayor índice de prisionalización desde que se toman este tipo de mediciones, y advirtió que la situación se agravaría si se incorporaran niños y adolescentes al sistema penitenciario. Para fundamentar su postura, recordó estudios científicos que muestran que el lóbulo frontal no termina su desarrollo hasta alrededor de los 20 años, con efectos en el autocontrol, la toma de decisiones, el pensamiento abstracto y la anticipación de consecuencias. Indicó que este criterio fue tenido en cuenta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y por la propia Corte de los Estados Unidos en los casos Poper, Miller y Graham. Los niños están en una etapa de desarrollo y si los ponemos en una cárcel, no vamos a lograr otra cosa que mayor violencia y reincidencia e impedir su resocialización y desarrollo sano. Soy defensor público desde hace más de 30 años. Vi lo que era el pabellón Clemente XI en la cárcel de Victoria: la mayoría de los niños que estuvieron ahí privados de su libertad hoy están muertos o están presos con penas altísimas, concluyó.
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