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Parana » AIM Digital
Fecha: 09/02/2026 07:55
El Gobierno puso en vigencia la reglamentación del Régimen de Inocencia Fiscal y avanzó con cambios en el Impuesto a las Ganancias, los plazos de prescripción y los umbrales de evasión, en un giro que modifica la relación entre el Estado y los contribuyentes. La reglamentación oficial del Régimen de Inocencia Fiscal entró en vigencia tras la publicación del decreto correspondiente y de la normativa complementaria del organismo recaudador, que estableció además un sistema simplificado para el Impuesto a las Ganancias. La medida introduce un cambio de enfoque en materia tributaria y redefine los criterios de control y fiscalización. El nuevo esquema se apoya en la presunción de buena fe del contribuyente y reduce las exigencias explicativas sobre el origen y uso del dinero, con el objetivo de simplificar trámites y disminuir la carga administrativa. A la par, se busca desalentar la informalidad mediante un sistema de cumplimiento más accesible y con mayor previsibilidad jurídica. Entre las modificaciones centrales se encuentra la elevación del umbral de evasión simple a 100 millones pesos y el de evasión agravada a 1.000 millones pesos. También se redujo el plazo de prescripción del delito tributario de cinco a tres años, lo que limita las investigaciones sobre períodos fiscales anteriores para quienes adhieran al régimen simplificado. Otro de los cambios relevantes es que los incumplimientos tributarios pasarán a tener un tratamiento administrativo, priorizando la regularización mediante el pago de la deuda antes que la vía penal. El objetivo es descomprimir el sistema judicial y promover la corrección voluntaria de las obligaciones fiscales. La normativa dispone además que no se analizará el incremento patrimonial ni los depósitos bancarios como criterio automático de fiscalización dentro del régimen, lo que apunta a despejar interpretaciones sobre controles retroactivos. Para adherir al Régimen Simplificado de Ganancias, se establecen requisitos vinculados a ingresos anuales de hasta 1.000 millones pesos y un patrimonio total inferior a 10.000 millones pesos, además de no estar categorizado como gran contribuyente nacional. La evaluación se realizará sobre el período fiscal de adhesión y los dos anteriores. El sistema contempla una declaración jurada simplificada precargada que podrá ser revisada por el contribuyente antes de su presentación. El pago en término del impuesto, o la adhesión a un plan de facilidades, tendrá efecto liberatorio sobre el período fiscal correspondiente y consolidará un esquema de cumplimiento progresivo basado en la confianza entre el Estado y los ciudadanos.
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