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Parana » AIM Digital
Fecha: 08/02/2026 11:18
El 22 de Mayo de 1810 el orador de la revolución, Juan José Castelli, "pico de oro", entrevistó al virrey y le pidió la renuncia. Ante la indignación que ensayó Cisneros, le habría dicho según Martín Rodríguez, que lo acompañaba: "no se acalore excelencia, que la cosa no tiene remedio". En la novela de Andrés Rivera "La revolución es un sueño eterno", Castelli repasa su vida en sus últimos momentos. Enfermo de cáncer debido a una quemadura con un cigarro mal curada, le habían extirpado la lengua. Pidió un lápiz y escribió poco antes de morir: "si ves el futuro, dile que no venga" La frase pudo ser fruto del estado a que estaba reducido, o a la decepción ante el rumbo conservador que había tomado la revolución, con Moreno destituido y posiblemente asesinado en el mar, con la influencia creciente del partido de Saavedra, evidenciada en abril de 1811 con la llamada "revolución de los orilleros". Mientras la Sociedad Patriótica de Moreno era desplazada del poder en Buenos Aires por los conservadores, Castelli estaba en Chuquisaca, la ciudad altoperuana donde 20 años antes se había recibido de abogado, enviado por la Junta para consolidar el poder revolucionario. Mientras en Buenos Aires los conservadores socavaban el poder morenista, Castelli tomaba en Chuquisaca medidas que todavía hoy tienen aspecto revolucionario, entre ellas la libertad y la igualdad de derecho de los indígenas, contenidas en la proclama de Tiahuanaco. La proclama, publicada en el Alto Perú un año después de la revolución, el 25 de mayo de 1811, afirma: " los indios son y deben ser reputados con igual opción que los demás habitantes nacionales a todos los cargos, empleos, destinos, honores y distinciones por la igualdad de derechos de ciudadanos, sin otra diferencia que la que presta el mérito y aptitud: no hay razón para que no se promuevan los medios de hacerles útiles reformando los abusos introducidos en su perjuicio y propendiendo a su educación, ilustración y prosperidad con la ventaja que presta su noble disposición a las virtudes y adelantamientos económicos". Luego viene la parte dispositiva: "en consecuencia, ordeno que siendo los indios iguales a todas las demás clases en presencia de la ley, deberán los gobernadores del mismo modo que los caciques, alcaldes y demás empleados, dedicarse con preferencia a informar de las medidas inmediatas o provisionales que puedan adoptarse para reformar los abusos introducidos en perjuicio de los indios, aunque sean con el título de culto divino, promoviendo su beneficio en todos los ramos y con particularidad sobre repartimiento de tierras, establecimientos de escuelas en sus pueblos y excepción de cargas impositivas indebidas: pudiendo libremente informarme todo ciudadano que tenga conocimientos relativos a esta materia a fin de que, impuesto del por menos de todos los abusos por las relaciones que hicieren, pueda proceder a su reforma. Y para terminar: "declaro que todos los indios son acreedores a cualquier destino o empleo que se consideren capaces, del mismo modo que todo racional idóneo, sea de la clase y condición que fuese, siempre que sus virtudes y talentos los hagan dignos de la consideración del gobierno y a fin de que llegue a noticia de todos se publicará inmediatamente con las solemnidades de estilo, circulándose a todas las juntas provinciales y su subalterna para que de acuerdo con los ayuntamientos celen su puntual y exacto cumplimiento, comunicando a todos lo subdelegados y jueces de su dependencia estas mismas disposiciones: en inteligencia de que en el preciso término de tres meses contados desde la fecha deberán estar ya derogados todos los abusos perjudiciales a los naturales y fundados todos los establecimientos necesarios para su educación sin que a pretexto alguno se dilate, impida, o embarace el cumplimiento de estas disposiciones. "Mando que en lo sucesivo todos los caciques sin exclusión de los propietarios o de sangre no sean admitidos sin el previo consentimiento de las comunidades, parcialidades o aillus que deberán proceder a elegirlos con conocimiento de sus jueces territoriales por votación conforme a las reglas que rigen en estos casos, para que beneficiada en estos términos se proceda por el gobierno a su respectiva aprobación. Muy poco duró este clima. El desastre de Huaqui de Balcarce ante las tropas realistas de Goyeneche y el ascenso de Saavedra pusieron fin a las iniciativas de Castelli en el Alto Perú. Debió regresar a Buenos Aires destituido y arrestado para ser juzgado por las actitudes de su ejército, que camino del Alto Perú había ejecutado a Santiago de Liniers, jefe de un levantamiento contra la revolución. Pero el destino le arrebató el reo al Triunvirato: obligado a defenderse por escrito porque ya no podía hablar, el que había sido gran orador de la revolución murió el 12 de octubre de 1812 antes de terminar el juicio. El sueño eterno Castelli fue un revolucionario en estado puro, un portador del "sueño eterno" como quizá Artigas en la Banda Oriental y posiblemente Emiliano Zapata en México o María Parado en el Perú. Seguramente algunos aspectos de la realidad refulgen a los ojos de estos revolucionarios opacando los demás. Eso los convierte en modelos inalcanzables para la mayoría, que ve lo que ellos no ven pero sobre todo no ve lo que ellos ven. Al final lo que parecía insignificante termina imponiendo su significado y les cobra un precio alto que los demás compensan convirtiéndolos en héroes, seres enviados al sacrificio para preservación de la comunidad. De la Redacción de AIM.
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