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  • Baja de la edad de imputabilidad: una discusión que exige precisión

    Gualeguaychu » El Dia

    Fecha: 07/02/2026 22:13

    Cuando un menor de edad comete un delito de manera consciente, el Estado no puede permanecer indiferente y debe actuar. Esa respuesta no debe ser idéntica a la que la ley prevé para los adultos, pero sí debe existir para que el hecho no quede sin consecuencias. En Argentina, la responsabilidad penal comienza a los 16 años. En ese contexto, el Congreso debatirá próximamente un nuevo Régimen Penal Juvenil que propone bajar la edad de imputabilidad a los 14 años. La discusión es estructural, ya que el sistema vigente se rige por una ley sancionada en 1980, pensada para otro contexto social, que hace tiempo demuestra serias debilidades en la práctica. Las más leídas Argentina tiene el límite de edad de imputabilidad más alto de la región. Por ejemplo, en Brasil el límite es de 12 años y en Uruguay 13 años. En Europa, el rango se encuentra entre los 10 y los 15 años. Esta sola comparación obliga a revisar si el modelo vigente resulta el adecuado para la realidad actual. Desde una perspectiva penal, los delitos cometidos por los menores de 16 años representan un porcentaje menor e incluso son pocos los que cometen delitos especialmente graves, pero cuando ocurren, el daño a la víctima y el impacto que generan en la sociedad es significativo. La baja de imputabilidad a 14 años resultaría ser una decisión de política criminal acertada si se busca dar una respuesta institucional a la víctima y a la sociedad, y permitir una intervención estatal temprana frente al delito. Sin embargo, es importante destacar que reducir el debate a una cuestión de edad resultará siempre insuficiente. De sancionarse la ley que reduzca la edad, es probable que se genere un alivio momentáneo en la sociedad, con la sensación de que el problema está resuelto. Sin embargo, la discusión central no debe detenerse allí, sino en saber cuál será el tratamiento que dará el Estado a los menores que cumplirán la pena que impongan los jueces, y si realmente está en condiciones de hacerlo. Probablemente una parte importante de la sociedad desconozca que hoy el sistema penal juvenil actual falla por todos lados. Los institutos de menores (que funcionan para los jóvenes entre los 16 y 18 años) resultan ser espacios con infraestructuras deficientes y regímenes que contemplan tratamientos que no logran corregir al menor mientras se encuentra privado de su libertad. Incluso, a veces se consigue el efecto contrario ya que, una vez recuperada la libertad, vuelven a cometer delitos. A eso se le suma otro dato importante: una parte significativa de los menores que delinquen se encuentra en contextos vulnerables, conviviendo en entornos sociales complicados, sin contención familiar ni educación. Estas condiciones no implican que no haya que juzgar a quien comete el delito -incluso desde los 14 años en adelante, pero sí resultan centrales al momento de pensar y diseñar la sanción adecuada, especialmente cuando se trata de personas en pleno proceso de desarrollo y formación. En este sentido, la sanción penal no solo debe consistir en el encierro del menor y olvidarnos del problema, sino que merece tener una discusión mucho más profunda, orientada a que puedan comprender e internalizar el daño causado a la víctima y a la sociedad, recibiendo acompañamiento psicológico permanente y educación como pilares fundamentales que permitan reinsertarlo en la sociedad sin que vuelva a delinquir. Sin este debate profundo, toda sanción de una ley que disminuya la edad de imputabilidad será simbólica y solo logrará una sensación de alivio momentáneo, sin que en la práctica puedan verse soluciones reales. Por Santiago Venditti, abogado penalista.

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