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Concordia » Cadena Entrerriana
Fecha: 04/02/2026 09:16
El Gobierno reglamentó este miércoles la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, norma que había sido aprobada por el Congreso en julio del 2025. Pero permanecía sin aplicación efectiva. La decisión llegó después de una sentencia judicial que obligó al Estado a ponerla en práctica, luego de estar frenada por cuestiones presupuestarias. La reglamentación se hizo a través del Decreto 84/2026 del Boletín Oficial. En esta se fija el marco operativo para la Ley 27.793, que declara la emergencia en materia de discapacidad y fija nuevas reglas para: - Políticas públicas. - Prestaciones. - Pensiones. La vigencia de la ley se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por un año. Por qué se activó ahora la ley de emergencia en discapacidad Aunque el Congreso sancionó la norma el año pasado, el Poder Ejecutivo había condicionado su aplicación a la disponibilidad de partidas presupuestarias. Esa decisión fue cuestionada en la Justicia y, en diciembre, el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, declaró inválido el artículo que suspendía la aplicación de la ley y ordenó su inmediata puesta en marcha. El magistrado sostuvo que condicionar la ley al presupuesto era incompatible con las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado. Además, advirtió que el desfinanciamiento ponía en riesgo tratamientos esenciales para personas con discapacidad. El Gobierno apeló la decisión. Sin embargo, la Justicia habilitó la feria judicial para supervisar el cumplimiento del fallo y exigió al Ministerio de Salud que informara los avances en la implementación de la norma. A comienzos de enero, la cartera que conduce Mario Lugones comunicó que había iniciado pasos administrativos, aunque aclaró que la aplicación no podía ser inmediata. Con la reglamentación publicada este miércoles, el Ejecutivo formalizó el proceso y definió cómo se aplicarán los puntos centrales de la ley. Los cambios clave: pensiones, auditorías y controles Entre los cambios más relevantes, está un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad. El decreto define los criterios de acceso, permanencia, incompatibilidades y procedimientos administrativos, además de establecer métodos de auditoría para controlar el sistema. Las pensiones no contributivas otorgadas antes de la ley serán convertidas de oficio en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social. Esto implicará un proceso de identificación y verificación de las prestaciones alcanzadas. La norma también refuerza el rol de la Secretaría Nacional de Discapacidad, que ahora depende del Ministerio de Salud, y la instruye a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica. Además, fijó un plazo de 30 días para exponer un plan de auditorías periódicas, tal como exige la ley. Participación y control: cómo funcionará el nuevo esquema La reglamentación está firmada del presidente, Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y del ministro de Economía, Federico Sturzenegger. Ratifica los mecanismos de consulta y participación a través del Consejo Federal de Discapacidad, el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral, el Comité Asesor, el Consejo de Articulación de Programas y el Observatorio de la Discapacidad. Además, establece esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires. En los considerandos, el Ejecutivo aclaró que dicta la reglamentación sin reconocer hechos ni derechos ni consentir los fundamentos de la sentencia judicial. Pero con el objetivo de: - Dar precisión operativa y administrativa a la norma. - Ordenar los criterios de implementación. - Fortalecer los mecanismos de control.
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