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  • Página Judicial / La Cámara Federal confirmó el rechazo del habeas corpus al decreto de la SIDE

    Parana » Paginajudicial

    Fecha: 30/01/2026 00:19

    CASO CERRADO La Cámara Federal confirmó el rechazo del habeas corpus al decreto de la SIDE 29/01/2026 Las juezas Beatriz Aranguren y Cintia Gómez ratificaron que no se evidencia limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria sin orden escrita de autoridad competente, como invocaban los abogados que cuestionan el DNU que modifica la Ley Nacional de Inteligencia. Se abre el camino de la negociación política. Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó la resolución que había desestimado el habeas corpus preventivo presentado por un grupo de abogados contra el decreto que establece reformas a la Ley Nacional de Inteligencia y habilita a los espías a detener personas incluso sin autorización judicial, entre otros aspectos. Las juezas Beatriz Aranguren y Cintia Gómez ratificaron la resolución de primera instancia por considerar que no se evidencia limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria sin orden escrita de autoridad competente, como invocaron los presentantes. Las magistradas dijeron además que la presentación de los abogados entrerrianos Rubén Pagliotto, Raymundo Kisser y el constitucionalista correntino Armando Rafael Aquino Britos propone una impugnación de carácter general contra el decreto que concede a la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) facultades para la detención de personas sin orden judicial, entre otras cuestiones; pero advirtieron que los letrados no especifican en su denuncia una limitación o amenaza actual o inminente a la libertad ambulatoria en concreto, todo lo cual denota que no se trata de un supuesto de restricción ambulatoria a remediar por medio del habeas corpus. Los presentantes también solicitaron que se declare la nulidad absoluta, ilegalidad e inconstitucionalidad del decreto firmado por el presidente Javier Milei. La pretensión de declarar la inconstitucionalidad de una norma, solo resulta admisible en cuanto resulta necesaria para resolver un caso en concreto de afectación de la libertad ambulatoria, supuesto que no se da en el caso de autos, replicó el tribunal. La resolución se firmó antes de la medianoche, apenas unas horas después de que el juez federal Daniel Edgardo Alonso rechazara in límine el habeas corpus. Los abogados habían interpuesto una apelación; aun cuando la ley obliga al juez a remitir el expediente en consulta a la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, como ocurrió. Desde la publicación del DNU en el Boletín Oficial, a comienzos de enero, hubo una avalancha de presentaciones pidiendo su inconstitucionalidad. Están tramitándose acciones de amparo promovidas por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), por diputados de la Coalición Cívica, la Fundación Apolo (ligada a Republicanos Unidos, el partido de Ricardo López Murphy) y referentes del radicalismo. Los tribunales, sin embargo, no habilitaron la feria en ningún caso. Pagliotto, Kisser y Aquino Britos ensayaron una vía alternativa: el habeas corpus. Sin éxito. Paralelamente, la oposición peronista trabaja para tratar de voltear el decreto en el Congreso, aunque sin definir las estrategias: hay un debate reglamentario sobre si la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo puede reunirse en el marco de las sesiones extraordinarias, a pesar de que tema no ha sido incluido en el temario del Poder Ejecutivo.

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