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Parana » Cuestion Entrerriana
Fecha: 29/01/2026 12:07
El Gobierno nacional oficializó una modificación en la normativa que regula al personal militar del Ejército Argentino, habilitando a integrantes del Cuadro Permanente a desempeñar cargos públicos no electivos, siempre que cumplan una serie de requisitos específicos establecidos por el Poder Ejecutivo. La medida quedó formalizada a través del Decreto N° 58/2026, publicado en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Defensa Carlos Alberto Presti. El texto introduce cambios en el artículo 18 de la Ley N° 19.101, que regula el régimen del personal militar. Según la nueva redacción, el personal del Cuadro Permanente podrá desempeñar funciones públicas, no electivas, siempre que haya sido designado por el Poder Ejecutivo Nacional u otra autoridad competente y que el nombramiento cuente con la autorización del jefe del Estado Mayor General del Ejército. Alcance y limitaciones del nuevo régimen La reglamentación mantiene la cobertura para oficiales, suboficiales y voluntarios del Cuadro Permanente mientras presten servicios en organismos del Ejército, en funciones específicas dentro del Consejo de Defensa Nacional, el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, la Casa Militar de la Secretaría General de la Presidencia o durante el cumplimiento de comisiones propias del servicio militar. Entre los cambios incorporados, el decreto establece que el personal militar designado en un cargo público podrá mantenerse apartado de su función original por un plazo máximo de dos meses desde su nombramiento. Asimismo, la reforma contempla que los militares que sean designados en cargos del Ministerio de Defensa fuera de la estructura estrictamente militar puedan continuar con su carrera y conservar los beneficios previsionales, evitando que estos nombramientos afecten la antigüedad, los años de servicio o el cálculo del retiro. No obstante, el régimen aclara que el beneficio no alcanza a quienes ya hayan obtenido el grado máximo dentro de su fuerza, ya que en ese caso no existen posibilidades de ascenso ni impacto previsional adicional. Incompatibilidades y restricciones El decreto también ratifica la incompatibilidad entre el ejercicio de funciones operativas en las Fuerzas Armadas y cargos políticos o administrativos en el Ministerio de Defensa. En ese sentido, un militar no podrá desempeñar ambas funciones de manera simultánea. Si bien quienes asuman cargos públicos no deberán solicitar licencia, estarán sujetos a las restricciones e incompatibilidades propias de la administración pública, de acuerdo con la normativa vigente. Designaciones en el Ministerio de Defensa Tras la entrada en vigencia de la modificación, el Poder Ejecutivo avanzó con nuevas designaciones en el Ministerio de Defensa, que quedaron plasmadas en el Decreto N° 60/2026, con efectos a partir del 10 y 11 de diciembre de 2025. En ese marco, se aceptaron las renuncias de Juan Erardo Batalleme Martínez, exsecretario de Asuntos Internacionales para la Defensa; Facundo Benjamín Fernández Lagostena, exsubsecretario de Planeamiento Operativo y Servicio Logístico de la Defensa; y Guillermo Patricio Madero, exsubsecretario de Defensa Civil y Protección Humanitaria. Como parte de la nueva estructura, fue designado el general de división Jorge Alberto Puebla al frente de la Secretaría de Estrategia y Asuntos Militares, mientras que la Secretaría de Asuntos Internacionales para la Defensa quedó a cargo del teniente coronel (R) Daniel Enrique Martella. La Subsecretaría de Planeamiento Operativo y Servicio Logístico de la Defensa será ocupada por el general de brigada Carlos Horacio Martín, y la Subsecretaría de Gestión Administrativa por el coronel Ariel Andrés Mira Peña. Finalmente, Guillermo Patricio Madero fue designado como titular de la Unidad Gabinete de Asesores del Ministerio de Defensa, siendo la única incorporación que no corresponde a personal militar.
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