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Parana » APF
Fecha: 23/01/2026 11:47
Se promulgó la Ley de Gestión Ambiental: Modernización y controles más estrictos para la producción El Gobierno de Entre Ríos oficializó la entrada en vigencia del nuevo Régimen Jurídico de Gestión Ambiental mediante la publicación de la Ley N° 11.250 en el Boletín Oficial Nº 28.262. Con la firma del gobernador Rogelio Frigerio, la provincia deja atrás la antigua Ley 6260 para dar paso a un marco normativo que prioriza la simplificación administrativa, el uso de tecnología en la fiscalización y la participación ciudadana obligatoria. Ejes de la nueva normativa: Sostenibilidad y modernización La ley promulgada busca equilibrar el crecimiento económico con el cuidado del entorno. El objeto primordial es establecer el régimen para actividades económicas "garantizando los principios rectores para preservar, conservar, mejorar y recuperar el ambiente, los bienes naturales y la calidad de vida de la población". Uno de los cambios más profundos radica en la digitalización de la burocracia estatal. La norma introduce el "Principio de modernización", señalando que es deber del Estado provincial "impulsar formas de gestiones modernas, eficientes, que incorporen el avance tecnológico y el desarrollo de procesos digitales". Esto se traduce en la emisión de documentos en "formato digital y con firma electrónica". Evaluación de impacto ambiental y participación ciudadana La ley ratifica que ningún proyecto susceptible de degradar el entorno podrá iniciarse sin aval estatal y dispone que el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) "deberá ser cumplido siempre y en todos los casos en forma previa a su ejecución". Asimismo, la ciudadanía tendrá un rol central, ya que la norma establece la institucionalización de la participación ciudadana como "instancia obligatoria". Si bien las opiniones recolectadas no serán vinculantes, la autoridad de aplicación, en caso de rechazar los criterios ciudadanos, "deberá fundamentarla y hacerla pública". Certificación y registro de infractores La flamante norma crea el Certificado Único Ambiental (CUA), el cual será otorgado mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) emitida por resolución. Para aquellas actividades que ya se encuentran en funcionamiento sin la aptitud correspondiente, se otorga un "plazo para la adecuación de aquellas actividades económicas que se encuentren operando sin aptitud ambiental vigente de DIECIOCHO (18) meses". Para asegurar el cumplimiento, se crea el Registro Provincial Ambiental, que incluirá un listado de "Infractores Ambientales", conformado por personas físicas o jurídicas que hayan recibido sanciones firmes. Control satelital y sanciones El Poder Ejecutivo contará con herramientas de vanguardia para vigilar el cumplimiento de la ley que faculta a la autoridad a realizar acciones de monitoreo mediante el "Análisis de imágenes satelitales" y otras "herramientas tecnológicas". En cuanto al régimen sancionatorio, la norma prevé una escala que incluye desde apercibimientos y multas hasta la "clausura definitiva total o parcial" y la obligación de "recomposición y/o restauración ambiental". Todo lo recaudado por estas multas será destinado al nuevo "Fondo de Control y Fiscalización Ambiental", asegurando así el financiamiento autónomo del sistema de protección entrerriano. (APFDigital)
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