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  • SAUCE DE LUNA: LA JUSTICIA DECLARÓ ABSTRACTO UN RECURSO DE AMPARO PRESENTADO POR LA CONCEJAL MARÍA JOSÉ ETCHEVERRY

    Federal » Federal Al Dia

    Fecha: 14/01/2026 23:08

    La edil vecinalista, había reclamado el pago de las dietas de los concejales por los meses de Noviembre y Diciembre. Implica que la situación o el derecho que motivó el reclamo ya se resolvió o desapareció durante el proceso, haciendo que el pronunciamiento judicial sobre el fondo del asunto sea inoficioso o innecesario, aunque no exime al tribunal de resolver sobre costas y honorarios. LA JUEZA DE GRISELDA SUSANA IRURZUN, DE FERIA, INSTO A LA REFLEXIÓN A AMBAS PARTES, A TRABAJAR MANCOMUNADAMENTE Y FUNDAMENTALMENTE A RECOMPONER EL DIALOGO. LEA EL TEXTO COMPLETO DE LA SENTENCIA. Este miércoles 14, la Jueza Irurzun dicto sentencia en el expediente «ETCHEVERRY, María José c/ Municipalidad de Sauce de Luna s/ ACCION DE AMPARO» (nº 13 FERIA). En la sentencia la funcionaria judicial declaró abstracta la cuestión planteada, y reguló los honorarios de la Dra. Antonella GIORGIO y del Dr. Juan Manuel BENITEZ. La primera profesional fue patrocinante de la concejal, mientras que el segundo el municipio de Sauce de Luna. En un tramo de la sentencia la Jueza instó a insto a la reflexión a ambas partes, a trabajar mancomunadamente y fundamentalmente a recomponer el dialogo que es lo que en este caso se evidencia falló, y por ello hoy se llegó a una instancia judicial. El Estado Argentino es una REPÚBLICA y los tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial son absolutamente indispensables para que un Estado Democrático funcione, socavar a cualquiera de ellos implica gravedad institucional, y debe evitarse en razón de las graves consecuencias que ello implicaría. QUE SIGNIFICA LA DECLARACIÓN DE ABSTRACTO: NI VENCEDORESNI VENCIDOS Falta de Caso o Controversia: La función de los jueces es resolver disputas actuales y concretas. Si el derecho reclamado ya fue satisfecho (por ejemplo, el DEM ya abonó las dietas que se le reclamaban) o si el daño se volvió irreversible, el juez considera que no hay nada real que decidir. Sin Pronunciamiento de Fondo: El tribunal no se manifiesta sobre si el acto reclamado fue legal o ilegal, ni sobre la constitucionalidad de la norma cuestionada. El proceso finaliza sin un vencedor o vencido técnico en cuanto al derecho. Inoficiosidad del Fallo: Dictar una sentencia en estas condiciones se considera inoficioso o inútil, ya que no tendría efectos prácticos sobre la realidad del demandante. Determinación de Costas: Aunque la cuestión sea abstracta, el juez debe decidir quién paga los gastos del proceso (costas). Generalmente, se aplican a quien dio motivo a la promoción de la demanda (por ejemplo, si la autoridad cumplió tarde con su obligación solo después de recibir la notificación judicial) SENTENCIA SAUCE DE LUNA: LA JUSTICIA DECLARÓ ABSTRACTO UN RECURSO DE AMPARO PRESENTADO POR LA CONCEJAL MARÍ by Alejandro Brandolini #federalaldia #radiointegracion905

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