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Concordia » Cadena Entrerriana
Fecha: 14/01/2026 09:57
Ante la consulta de Cadena Entrerriana, desde el entorno del Intendente de Concordia desmintieron las interpretaciones mediáticas iniciales. Aseguran que la resolución de la Justicia de Garantías busca el cese de hostilidades entre ambas partes y no establece un perímetro de exclusión para el mandatario. Tras la trascendencia que tomó la denuncia presentada por la concejal Claudia Villalba contra el intendente Francisco Azcué, fuentes directas del Ejecutivo municipal salieron a precisar los términos reales de la cédula de notificación enviada por el Juzgado de Garantías. Según explicaron, existe una diferencia sustancial entre lo publicado originalmente y el contenido del escrito judicial. Ni prohibición de acercamiento ni condena unilateral A diferencia de lo que circuló en algunas plataformas informativas, las fuentes aclararon que no se ha establecido una medida de «no acercamiento» (perímetro) contra el Dr. Azcué. La resolución se centra en una prohibición de realizar actos molestos y/o perturbadores, pero con un matiz legal determinante: la reciprocidad. «La cédula es clara. La orden rige para ambas partes por igual, entendiendo que tanto el intendente como la concejal deben abstenerse de cualquier conducta que el juzgado considere perturbadora para el otro», explicaron fuentes cercanas al mandatario a Cadena Entrerriana. El impacto de la «reciprocidad» En el ámbito legal, que una medida sea recíproca implica que el Juzgado, sin haber emitido aún un juicio de valor sobre el fondo de la denuncia, decide establecer una «paz judicial» preventiva. Esto significa que: - No hay una parte victimaria y una víctima predefinida: La justicia ordena a ambos actores mantener la conducta. - Funcionamiento institucional: Al no existir una prohibición de acercamiento física, el trabajo en el Palacio Municipal y la interacción institucional en el Concejo Deliberante no deberían verse interrumpidos, siempre que se mantenga el respeto mutuo. Fuente: Cadena Entrerriana compartir
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