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Gualeguaychu » Nova Comunicaciones
Fecha: 06/01/2026 11:29
Desde el gobierno de Javier Milei realizaron una serie de modificaciones en el régimen de licitaciones y excluyó a empresas que hayan sido sancionadas por conductas fraudulentas. Esta semana el gobierno de Javier Milei modificó el régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional con el objetivo de endurecer los criterios de exclusión en licitaciones de obras públicas, concesiones y provisión de bienes y servicios. Modificaron el régimen de licitaciones y excluyeron a empresas sancionadas por conductas fraudulentas. Así fue como se establecieron que no podrán ser elegidas las personas humanas o jurídicas incluidas en las listas de inhabilitados del Banco Mundial y del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). La medida fue informada por medio del Boletín Oficial en el que se introdujeron cambios al Decreto Nº 1030/2016, reglamentario del régimen general de contrataciones, y en el Decreto Nº 1169/2018, el cual regula las contrataciones de obra pública y concesiones. De acuerdo a los fundamentos de la disposición, toda contratación pública debe desarrollarse en un marco de integridad, transparencia, eficiencia y rendición de cuentas, y la corrupción deteriora la confianza en las instituciones públicas y por ende lleva a un uso ineficiente de los recursos del Estado. Hasta el momento, la normativa exigía que la exclusión de oferentes alcanzados por sanciones internacionales estuviera vinculada específicamente al cohecho transnacional, en los términos de la Convención de la OCDE aprobada por la Ley Nº 25.319. Los detalles de las modificaciones del Gobierno al régimen de licitaciones. Ahora, se reformuló la causal de inelegibilidad y se estableció que serán excluidos de los procedimientos de selección quienes figuren en las listas de inhabilitados por prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas, obstructivas, apropiación indebida y/o cualquier otra causal prevista por esos organismos internacionales, mientras dicha condición se mantenga. Por otro lado, se dispuso que las jurisdicciones y entidades contratantes tendrán que verificar directamente esas listas en el momento de evaluar las ofertas, y no limitarse a la presentación de declaraciones juradas por parte de los oferentes.
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