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Parana » Cuestion Entrerriana
Fecha: 31/12/2025 10:54
Luego de un año de convivencia entre recetas en papel y digitales, a partir del 1° de enero de 2026 la receta electrónica tendrá uso pleno y obligatorio en Entre Ríos. La medida se enmarca en la Ley Nacional Nº 27.553, a la cual la provincia adhirió mediante la Ley Nº 10.977. Durante el último año, el Ministerio de Salud de Entre Ríos trabajó en el fortalecimiento del sistema Salud Digital Entre Ríos (Sader) con el objetivo de ampliar y consolidar el uso de la receta electrónica en todo el territorio provincial. Desde la mirada del paciente, el procedimiento no presenta cambios respecto al formato en papel; sin embargo, para el sistema de salud implica mayor transparencia, control, trazabilidad de medicamentos y eficiencia en la gestión de compras, aspectos clave ante los requerimientos de organismos como la ANMAT. El director de Innovación y Desarrollo en Salud, Javier Segovia, destacó que todos los efectores públicos ya están habilitados para emitir recetas electrónicas a través de Sader. Además, remarcó que se avanzó en la integración del sistema para que los medicamentos prescriptos desde el sector público puedan retirarse en farmacias privadas, aplicándose los descuentos correspondientes según la cobertura del paciente. La implementación no modifica el trabajo habitual de profesionales de la salud, farmacias ni pacientes, aunque sí requirió desarrollos informáticos complejos para integrar distintos sistemas y contemplar las particularidades de cada obra social. Entre ellas, se incluyen diferentes listados de medicamentos, porcentajes de descuento variables y cartillas cerradas de médicos. Asimismo, el sistema contempla la emisión de recetas para personas sin cobertura, que representan cerca del 90 % de las prescripciones del sector público. Implementación en la Obra Social de Entre Ríos (OSER) Desde la Obra Social de Entre Ríos (OSER) detallaron cómo será la puesta en marcha del sistema, aclarando que la receta electrónica será obligatoria para todos los medicamentos con cobertura de la obra social. Los mismos se dividen en dos grandes grupos: 1) Medicamentos SIN autorización Corresponden al plan ambulatorio de OSER. - El médico confecciona la receta electrónica y entrega al afiliado el número de receta. - En farmacia, la medicación se retira presentando DNI + número de receta. 2) Medicamentos CON autorización Incluye planes crónicos, oncológicos y patologías especiales. A) Plan crónicos: - El médico confecciona seis recetas electrónicas (una por cada mes de vigencia) y completa el formulario OSER GP-777. - El afiliado debe presentar en sede de OSER: números de receta + formulario + estudios complementarios. - En farmacia, la medicación se retira con DNI + número de receta. B) Plan oncológicos y patologías especiales: - El médico confecciona la receta electrónica y completa el formulario correspondiente. - En sede de OSER, el afiliado presenta número de receta + formulario + estudios complementarios. - Una vez autorizada la cobertura, se notifica por correo electrónico y la medicación se retira en farmacia con DNI + número de receta. Aclaraciones importantes Desde OSER se subrayaron algunos puntos clave: - Las recetas en papel emitidas hasta el 31 de diciembre de 2025 mantienen su vigencia. - Los tratamientos crónicos, oncológicos y especiales ya aprobados continúan vigentes con las recetas y formularios actuales. - El médico prescriptor debe ser prestador de OSER. - Este procedimiento no requiere el uso de la aplicación MI.OSER.
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