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  • La Corte alegó que no corresponde a su competencia originaria entender en la destitución de una vicegobernadora

    Concepcion del Uruguay » La Pirámide

    Fecha: 31/12/2025 10:17

    La Corte alegó que no corresponde a su competencia originaria entender en la destitución de una vicegobernadora La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que no le corresponde intervenir de manera originaria en la acción de amparo presentada por Gloria Ruiz, quien fue removida del cargo de vicegobernadora de Neuquén por la Legislatura provincial el año pasado. Los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti avalaron el dictamen de la procuradora general Laura Monti y resolvieron que el expediente debe continuar en la justicia local, precisó el portal Diario Judicial. Ruiz había asumido la vicegobernación neuquina como parte de la fórmula junto a Rolando Figueroa, pero fue apartada hace un año por presunta inhabilidad moral, en medio de denuncias por malversación de fondos estatales. La decisión se tomó en una sesión legislativa donde se la acusó de irregularidades en el manejo de recursos públicos. Tanto Ruiz como su hermano Pablo enfrentan imputaciones por el envío de fondos hacia cuentas del Banco de la Provincia de Neuquén (BPN). La ex vicegobernadora lo había designado como coordinadora en la Legislatura, y se registraron transferencias por casi 30 millones de pesos, de los cuales alrededor de 9 millones se colocaron en plazos fijos y más de 20 millones se extrajeron en efectivo. En el ámbito penal, también se la acusa de haber adquirido una camioneta, una pileta, y de haber contratado directamente pancartas y anuncios publicitarios por más de 45 millones de pesos, además de otras anomalías. La destitución se autoriza con 30 votos a favor de un total de 35 diputados provinciales. En respuesta, Ruiz inició una acción de amparo contra la Legislatura de Neuquén para anular la resolución 1219/2024, que ordenó su separación preventiva del puesto. Argumentó que no se le permitió defenderse de las acusaciones, lo que vulneraba su derecho constitucional a la defensa y el principio de legalidad, y que su remoción impactaba en la forma republicana de gobierno, la división de poderes y el debido proceso. En ese marco, pidió su reinstalación inmediata mientras se resuelve el fondo de la cuestión. La procuradora adjunta Laura Monti demostró que el caso no entra en la competencia originaria de la Corte Suprema, como pretendía la demandante, ya que su resolución implica la interpretación y aplicación del derecho público provincial. Destacó que los desacuerdos entre poderes de una misma provincia deben dirimirse en el fuero local, sin intervención de la justicia federal, para preservar el federalismo y las autonomías provinciales. El proceso debe tramitar ante la justicia de la Provincia del Neuquén, dado que el respeto del sistema federal y de las autonomías provinciales exige que sean dichos magistrados los que intervengan en las causas en las que se ventilan cuestiones de ese carácter, sin perjuicio de que las de índole federal que también puedan comprender esos pleitos sean susceptibles de adecuada tutela por vía del recurso extraordinario, explicó la Corte. Los jueces recordaron que la Constitución Nacional establece de modo taxativo los casos en que la Corte ejercerá su competencia originaria y exclusiva, la cual, por su raigambre, no es susceptible de extenderse a otros casos no previstos, opino que este proceso resulta ajeno a dicha instancia. Este Tribunal comparte los argumentos y la conclusión del dictamen de la señora Procuradora Fiscal de la Nación, a los que corresponde remitir en razón de la brevedad, expresaron Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti. (APFDigital)

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