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Concordia » Cadena Entrerriana
Fecha: 31/12/2025 08:43
El Decreto 929/2025 establece incrementos parciales del Impuesto a los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono durante enero de 2026 y posterga el impacto pleno de las actualizaciones pendientes. La medida busca moderar el traslado a precios. A través del Decreto 929/2025 publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo modificó nuevamente el esquema de actualización del Impuesto a los Combustibles Líquidos y del Impuesto al Dióxido de Carbono, aplicando solo una parte de los incrementos pendientes durante enero de 2026 y postergando el resto para febrero. La decisión se inscribe en una secuencia de normas que, desde 2018, vienen administrando de manera gradual el impacto de los ajustes tributarios sobre los precios finales. La base legal del tributo no se altera. La Ley 23.966 fija montos específicos en pesos por unidad de medida para naftas y gasoil, con actualizaciones trimestrales atadas al Índice de Precios al Consumidor del INDEC. Sin embargo, desde hace varios años esos ajustes automáticos se aplican de forma diferida. El propio decreto reconoce que las actualizaciones correspondientes a 2024 y a los tres primeros trimestres de 2025 todavía no habían sido trasladadas plenamente, y que el Decreto 617/2025 ya había postergado su impacto hasta enero de 2026. Ahora, el Gobierno optó por una estrategia intermedia. Para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 31 de enero de 2026, se aplicarán incrementos parciales. En el caso de las naftas tanto la sin plomo de hasta y más de 92 RON como la nafta virgen el aumento será de 17,291 pesos por litro en concepto de ICL y de 1,059 pesos por el impuesto al dióxido de carbono. Para el gasoil, el incremento alcanza los 14,390 pesos por ICL, más 1,640 pesos por IDC, con un adicional diferencial de 7,792 pesos para las zonas alcanzadas por el régimen patagónico. Ese tratamiento diferencial para el gasoil mantiene su vigencia y vuelve a quedar explícito en la norma. Las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, junto con el partido bonaerense de Patagones y el departamento mendocino de Malargüe, continuarán accediendo a un esquema impositivo reducido, una herramienta histórica para compensar distancias, costos logísticos y condiciones climáticas adversas. El punto central del decreto está en el cambio de fecha. Allí donde el texto anterior preveía que el total de los incrementos se aplicaría desde el 1° de enero de 2026, ahora se sustituye ese plazo por el 1° de febrero. La argumentación oficial reconoce que los impuestos están legalmente actualizados por IPC, pero considera necesario seguir dosificando su impacto para no afectar el consumo, la logística y los costos de producción en un momento en que la economía aún busca consolidar la estabilidad. CUANTO IMPLICA EL AUMENTO De acuerdo a la medida, los incrementos impositivos representan el siguiente porcentaje: | Concepto | Decreto 617/2025 | Decreto 929/2025 | % de aumento aprox. | |---|---|---|---| | ICL + IDC (Naftas) | $11,168 | $18,350 | = 64% | | ICL + diferencial + IDC (Gasoil) | $14,199 | $23,822 | = 68% | Habrá que ver ahora si la decisión de las compañías es trasladar plenamente este ajuste a los precios en surtidor o absorber parte del impacto para sostener los valores vigentes, más aún teniendo en cuenta la rebaja del 2 por ciento promedio aplicada recientemente por YPF en sus Estaciones de Servicio como consecuencia de la baja del crudo.
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