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Parana » Radio La Voz
Fecha: 30/12/2025 20:20
Se emitió el primer fallo en la provincia que declara la inconstitucionalidad de la reforma a la Ley de Juicio por Jurados (Ley 10.746), en tanto dicha modificación restringe el derecho del ciudadano a ser juzgado por sus pares en una causa criminal. La resolución, dictada por el Juez Titular del Juzgado de Garantías de la ciudad de Diamante, hizo lugar al planteo formulado por los defensores del acusado y declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 11.222, sancionada recientemente por la Legislatura de la Provincia de Entre Ríos. A diferencia de otros fallos dictados con anterioridad, que se referían al artículo 2 de la Ley 11.222 y a la preclusión de los actos procesales, este fallo se pronuncia directamente sobre lo más sustancial de la reforma: el recorte de competencia a los delitos que deben ser juzgados por jurados. De esta manera resolvió que el caso sea juzgado por jurados de conformidad a lo que dispone el texto original de la ley. El juez tomó en cuenta los argumentos expuestos por la defensa, en tanto se trata de una reforma regresiva, que recorta derechos al acusado, afecta a la garantía del juez natural y lo colocan en peor posición en el juzgamiento de acusaciones tan graves. Así destacó que la ley de juicio por jurados es el modelo implementado y elegido por la Constitución Nacional, y que este sistema tiene reglas de prueba más exigentes, con el requisito de la unanimidad y la prohibición de recurrir un veredicto de no culpabilidad.
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