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  • Otra empresa internacional operará en el servicio de rampas de aeropuertos argentinos

    Parana » Cuestion Entrerriana

    Fecha: 30/12/2025 19:37

    El Gobierno nacional autorizó a una nueva empresa a operar servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en todo el territorio argentino. Se trata de American Jet Sociedad Anónima, que se convirtió en la segunda compañía habilitada en menos de una semana para este tipo de prestaciones en los aeropuertos del país. La decisión fue formalizada a través de la Disposición 48/2025, mediante la cual se otorgó la autorización tras comprobar que la firma cumplió con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente. La solicitud de American Jet se evaluó en el marco del Reglamento de Acceso a los Mercados Aerocomerciales, aprobado por el Decreto 599/2024, que establece los procedimientos para la habilitación de empresas en este segmento. Según lo dispuesto por la normativa, la compañía quedó facultada a brindar servicios operacionales y de rampa en general en los aeropuertos del país, con una vigencia de 15 años, renovable de manera automática, siempre que mantenga el cumplimiento de los estándares de seguridad operacional establecidos por la regulación. En los considerandos de la medida se recordó que el Proceso de otorgamiento de las autorizaciones aerocomerciales de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa fue aprobado mediante la Resolución 49/2024 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, marco bajo el cual se analizó la presentación de la empresa. La habilitación se apoyó en los informes técnicos favorables de la Dirección Nacional de Transporte Aéreo (DNTA) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), que acreditaron la capacidad técnica y económico-financiera de American Jet. Entre los requisitos cumplidos se incluyó la documentación prevista en el artículo 105 del Código Aeronáutico, conforme a la Ley 17.285 y sus normas complementarias. Asimismo, la disposición dejó establecido que la certificación y la vigilancia de la seguridad operacional quedarán a cargo de la Autoridad Aeronáutica, de acuerdo con lo estipulado por el Decreto 599/2024. Más habilitaciones en el sector aerocomercial Días atrás, la Subsecretaría de Transporte Aéreo, dependiente del Ministerio de Economía, había otorgado una habilitación similar a la empresa CrossRacer Ramp Sociedad Anónima, mediante la Disposición 45/2025, luego de verificar que cumplía con los requisitos del Código Aeronáutico y su reglamentación. De acuerdo con los informes de la DNTA de la ANAC, CrossRacer Ramp demostró contar con la capacidad técnica y económico-financiera necesaria para realizar tareas de asistencia a aeronaves, pasajeros y tripulaciones, tanto en arribos como en partidas, en las terminales aéreas del país. En paralelo, el Ministerio de Economía también autorizó a LATAM Airlines Group S.A., de bandera chilena, a operar vuelos regulares internacionales de pasajeros y cargas en la ruta Buenos AiresSantiago de ChileRío de Janeiro, a través de la Disposición 47/2025, publicada en el Boletín Oficial. La habilitación a LATAM se sustentó en el Código Aeronáutico, los Decretos 50/2019 y 599/2024, y los acuerdos bilaterales vigentes entre Argentina y Chile, incluyendo las Actas de Consulta firmadas en 1996 y 2002 y el Memorándum de Entendimiento de abril de 2024. Con dictamen favorable de la DNTA y la intervención del servicio jurídico del Ministerio de Economía, la aerolínea quedó autorizada a explotar servicios regulares combinados de pasajeros y cargas, conectando Argentina, Chile y Brasil.

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